MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ENLACE PERSONAS SpA

RUT 76308199-0 CVE 1785611
Fecha instrumento
30 de mayo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de mayo de 2019
Repertorio
602-2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley 3.918

Objeto social

El objeto y giro de la sociedad será el mismo establecido en su escritura de constitución y modificaciones posteriores

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña MARIANA BEATRIZ SALDES VEGA. Que, por un error involuntario, el extracto de la escritura pública de fecha 30 de mayo del año 2019, ante Notario Público doña Renata Marcela González Carvallo, Titular 23°Notaria de Santiago, bajo N° de repertorio 1330-2019, no fue debidamente inscrito en el respectivo Registro de Comercio de la comuna de Santiago ni publicado en el Diario Oficial dentro de plazo legal atendiendo lo establecido en el artículo 3 de la Ley 3.918 y artículo 354 del Código de Comercio constituyéndose en un vicio subsanable de conformidad a lo dispuesto expresamente en el artículo primero de la Ley 19.499, En consecuencia, con el único y exclusivo objeto de subsanar la falta de inscripción y publicación del extracto de la escritura pública de modificación social en el respectivo registro de comercio, los comparecientes otorgaron el presente instrumento, a fin de que sea inscrito debidamente, y dentro del término legal establecido, en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado dentro del plazo legal en el Diario Oficial. Santiago 9 de julio de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENATA GONZÁLEZ CARVALLO, Notario Titular 23° Notaría de Santiago con oficio en Catedral 1265, Santiago CERTIFICO, que el 1 de julio de 2020 por Escritura Pública De Saneamiento de la Sociedad, ENLACE PERSONAS SPA, bajo el repertorio N°602-2020, ante mi NADIA NOEMI MUÑOZ COYOPAY, chilena, soltera, abogada, C.I 14.221.952-2, domiciliada en calle Doctor Sotero del Río N°541, of.520, Comuna y Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, debidamente facultada, en representación especial de doña MARIANA BEATRIZ SALDES VEGA, chilena, soltera, de profesión ingeniero comercial, C.I. 11.740.350-5 y de doña MARIELA ALEJANDRA VILLANUEVA JIMENEZ, chilena, divorciada, de profesión ingeniero comercial, C.I. 10.846.591-3, Expone que, por escritura pública de fecha 30 de mayo del año 2019, ante Notario Público doña Renata Marcela González Carvallo, Titular de la 23°Notaria de Santiago, bajo el número de repertorio N°1330-2019, de la misma notaría; Las socias acordaron modificaron la sociedad anónima “ENLACE PERSONAS S.A.” cuya constitución rola a fojas 54.083, N°36.085, del año 2013 del registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; de la siguiente manera: Las socias transforman la Sociedad anónima “ENLACE PERSONAS S.A.” por cambio de tipo o naturaleza jurídica de la misma en una sociedad por acciones que, conservando su propia personalidad jurídica, su patrimonio, activos y pasivos, proseguirá su giro sin solución de continuidad. Por consiguiente, se procede a transformar la sociedad anónima a “ENLACE PERSONAS SPA”. Objeto: El objeto y giro de la sociedad será el mismo establecido en su escritura de constitución y modificaciones posteriores. Domicilio: Santiago. Duración: indefinida, Capital: diez millones de pesos, dividido 1000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una todas suscritas y pagadas. La administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña MARIANA BEATRIZ SALDES VEGA. Que, por un error involuntario, el extracto de la escritura pública de fecha 30 de mayo del año 2019, ante Notario Público doña Renata Marcela González Carvallo, Titular 23°Notaria de Santiago, bajo N° de repertorio 1330-2019, no fue debidamente inscrito en el respectivo Registro de Comercio de la comuna de Santiago ni publicado en el Diario Oficial dentro de plazo legal atendiendo lo establecido en el artículo 3 de la Ley 3.918 y artículo 354 del Código de Comercio constituyéndose en un vicio subsanable de conformidad a lo dispuesto expresamente en el artículo primero de la Ley 19.499, En consecuencia, con el único y exclusivo objeto de subsanar la falta de inscripción y publicación del extracto de la escritura pública de modificación social en el respectivo registro de comercio, los comparecientes otorgaron el presente instrumento, a fin de que sea inscrito debidamente, y dentro del término legal establecido, en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado dentro del plazo legal en el Diario Oficial. Santiago 9 de julio de 2020.