MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DR. FREDDY BRAVO Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76135705-0 CVE 1785423
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de julio de 2020
Notaría
Pública de la comuna de

Instrumento

Fecha
3 de julio de 2020
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel
Comuna
Pública de la comuna de

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley N° 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, Comuna San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 03 de julio del año 2020, ante mí, don EDUARDO ANDRÉS COFRÉ RETAMAL domiciliado para estos efectos en calle Caupolicán número 374, oficina 511, comuna de Concepción, Región del Bio Bio, y de paso en ésta, quien comparece en nombre y representación de don FREDDY MANUEL BRAVO CRISOSTOMO, de don JUAN PABLO BRAVO CRISOSTOMO y de la empresa INVERSIONES FREDDY MANUEL BRAVO CRISOSTOMO E.I.R.L., todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Calle Freire número 1480, departamento 903-B, comuna de Concepción, Región del Bio Bio, y de paso en ésta, socios de la sociedad de responsabilidad limitada “DR. FREDDY BRAVO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, RUT 76.135.705-0, inscrita en extracto a fojas 119 vta. bajo el número 101 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 2011 y publicada en el Diario Oficial de fecha 28/1/2011, se acordó lo siguiente, y de cuyo texto extracto: Uno) Rectificar la cláusula primera de la escritura pública de fecha 15 de marzo del año 2018 otorgada en la Notaría Pública de la comuna de Concepción de don Carlos Alberto Miranda Jiménez, bajo la suplencia de don Juan Alberto Rubilar Rivera, repertorio número 1510-2018, en aquella parte relativa a la individualización de los datos de inscripción de la constitución en el Registro de Comercio y publicación en el Diario Oficial de la sociedad Dr. Freddy Bravo y Compañía Limitada, en donde dice “extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha 17 de Diciembre del año 2012, e inscrita a fojas 3069, bajo el número 2870 del año 2012 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción,” debe decir en definitiva “extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha 28 de enero del año 2011, e inscrita a fojas 119 vuelta, bajo el número 101 del año 2011 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción”. Dos) Sanear conforme a Ley N° 19.499, vicios formales incurridos en la escritura pública de modificación social suscrita con fecha 15 de marzo del año 2018 otorgada en la Notaría Pública de la comuna de Concepción de don Carlos Alberto Miranda Jiménez, bajo la suplencia de don Juan Alberto Rubilar Rivera repertorio número 1510-2018, consistentes en la falta oportuna de publicación e inscripción del extracto dentro del plazo legal, de la escritura de modificación social ya señalada, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. En todo lo no modificado expresamente mediante escritura extractada, se mantiene plenamente vigente lo pactado en la escritura pública de modificación social de fecha 15 de marzo del año 2018 otorgada en la Notaría Pública de la comuna de Concepción de don Carlos Alberto Miranda Jiménez, bajo la suplencia de don Juan Alberto Rubilar Rivera repertorio número 1510-2018, que por este acto se sanea, en especial, que la responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital social $1.000.000. San Miguel, 11 de julio del 2020.