CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DESTILADORES DEL VALLE LIMITADA

CVE 1785541
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de julio de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de julio de 2020
Notario
IGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL
Oficio
Notaría de Lo Barnechea en ausencia de doña MARÍA VIVIANA FIGUEROA JIMENEZ

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Vallenar
Duración
La Sociedad rige a contar de la escritura y tendrá una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos tres meses del vencimiento del plazo o de su prórroga

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a).- La elaboración de productos destilados y alcoholes en general, especialmente, todo lo relacionado con la fabricación, producción y elaboración pisquera y vitivinícola; b).- La actividad comercial relacionada con la compraventa y comercialización de todo tipo de alcoholes y productos afines; c) La representación de firmas y marcas nacionales o extranjeras del rubro de destilados, y la importación, exportación, transformación, producción, comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de destilados y alcoholes; y d).- La prestación de servicios, asesorías técnicas y o consultoría en las materia señaladas previamente, y en general, toda clase de negocios que directa o indirectamente estén relacionados con las actividades señaladas previamente, que los socios acuerden, sea en forma conexa o auxiliar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL, Abogado, Notario Público Interino de la Notaría de Lo Barnechea en ausencia de doña MARÍA VIVIANA FIGUEROA JIMENEZ, con oficio en Av. La Dehesa 1450, Local 15 A 2, Lo Barnechea, certifico: Por escritura pública hoy ante mí: los comparecientes ARTURO ANDRES MONTENEGRO SOTOMAYOR, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero Civil, domiciliado en Santiago, El Peral Nº 646, comuna de Lo Barnechea; JOSE MIGUEL GUZMAN MORANDE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Asesor Financiero, domiciliado en Santiago, San Carlos de Apoquindo Nº 1462, comuna de Las Condes, quien comparece por si, y a nombre y en representación de EDUARDO ALFONSO MULET BOU, chileno, casado y separado totalmente de bienes, agricultor, domiciliado en San Félix, calle Prat sin número, Comuna de Alto del Carmen, constituyeron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada: “DESTILADORES DEL VALLE LIMITADA”. Sin embargo la sociedad podrá funcionar y actuar inclusive con los Bancos bajo el nombre de: “DESTILADORES DEL VALLE LTDA.” Objeto: El objeto de la Sociedad será: a).- La elaboración de productos destilados y alcoholes en general, especialmente, todo lo relacionado con la fabricación, producción y elaboración pisquera y vitivinícola; b).- La actividad comercial relacionada con la compraventa y comercialización de todo tipo de alcoholes y productos afines; c) La representación de firmas y marcas nacionales o extranjeras del rubro de destilados, y la importación, exportación, transformación, producción, comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de destilados y alcoholes; y d).- La prestación de servicios, asesorías técnicas y o consultoría en las materia señaladas previamente, y en general, toda clase de negocios que directa o indirectamente estén relacionados con las actividades señaladas previamente, que los socios acuerden, sea en forma conexa o auxiliar. Domicilio: Vallenar, sin perjuicio de sucursales resto del país o extranjero. Duración: La Sociedad rige a contar de la escritura y tendrá una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos tres meses del vencimiento del plazo o de su prórroga. Capital Social: $3.000.000.- que los socios aportan en las siguientes proporciones: a).- Los socios don ARTURO ANDRES MONTENEGRO SOTOMAYOR y don EDUARDO ALFONSO MULET BOU, aportan cada uno de ellos la suma de $1.470.000.- y b).- El socio don JOSE MIGUEL GUZMAN MORANDE, aporta la suma de $60.000.-, todos se enteran al contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Distribución de Utilidades y Pérdidas: Se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes, es decir, en un 49% para cada uno de los socios don ARTURO ANDRES MONTENEGRO SOTOMAYOR y don EDUARDO ALFONSO MULET BOU, y en un 2% para el socio don JOSE MIGUEL GUZMAN MORANDE. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a dos cualquiera de los socios, quienes actuando en forma conjunta, anteponiendo a sus firmas la razón social, representarán a la sociedad con todas las facultades señaladas en cláusula quinta de escritura social, “salvo” aquellas que expresamente se consignan al final de la misma cláusula, en que se necesitará “siempre” la firma concurrente de “todos” los socios. En la misma escritura, además, se ha designado en el cargo Gerente General de la sociedad al socio don JOSE MIGUEL GUZMAN MORANDE, quién actuará por si solo con las mismas atribuciones que se señalan en cláusula quinta del estatuto social para cuando actúan dos socios en forma conjunta. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de Julio de 2020.-