SOCIEDAD MIGUEL HENRIQUEZ ALARCON SpA
Instrumento
- Repertorio
- 4314-20
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Agrupación Comunas Temuco
- Comuna
- Temuco de Jorge Elías Tadres Hales
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular Agrupación Comunas Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: Por Escritura Pública de 4 de junio del 2020, Repertorio Nº4314-20, ante mí, MIGUEL ALFREDO HENRIQUEZ ALARCON, chileno, casado y separado totalmente de bienes según se acredita escritura extractada, médico, cédula nacional identidad 10.664.478-0, con domicilio calle Holandesa N° 770 departamento 304, Temuco, rectificó, aclaró, modificó estatutos “SOCIEDAD MIGUEL HENRIQUEZ ALARCON SpA” , Rol Único Tributario Nº 77.116.406-4, contenidos en escritura pública de 7 de noviembre del 2019 otorgada en Notaría de Temuco de Jorge Elías Tadres Hales, Repertorio N° 9.596/2019, en que MIGUEL ALFREDO HENRIQUEZ ALARCON constituye sociedad por acciones que se rige por las cláusulas contenidas en escritura referida y artículos 424 a 446 del Código de Comercio y en lo no previsto por Ley 18.046 y demás normas atingentes del Código de Comercio o del Código Civil, denominada “SOCIEDAD MIGUEL HENRIQUEZ ALARCON SpA” que puede usar y obligarse válidamente ante organismos públicos o privados, municipalidades, bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía “M. HENRIQUEZ SpA” inscrita a fojas 1.497 vuelta número 853 en el Registro de Comercio de Temuco del año 2019 y publicada en extracto en la edición número 42.499 de fecha 11 de noviembre del 2019, operando con Rol Único Tributario número 77.116.406-4 en cuyo Artículo Quinto dentro del TÍTULO SEGUNDO del texto definitivo como en el Artículo Primero Transitorio de las DISPOSICIONES TRANSITORIAS de la escritura pública de 7 de noviembre del 2019 otorgada en Notaría de Temuco de Jorge Elías Tadres Hales, Repertorio N° 9.596/2019, se cometió un error involuntario al señalar el monto del capital sociedad ascendente a $100.000.000.- en lugar de decir correctamente que el capital social asciende a $10.000.000.-, lo que se rectifica modificando la escritura social en lo pertinente además de su inscripción y publicación conforme a lo cual, se rectifica, aclara y modifica en lo pertinente el Artículo Quinto dentro del TÍTULO SEGUNDO del texto definitivo de la escritura pública de 7 de noviembre del 2019 otorgada en Notaría de Temuco de Jorge Elías Tadres Hales, Repertorio N° 9.596/2019 el que pasa a quedar como sigue: “Artículo Quinto.- El capital social asciende a la suma de $10.000.000.-, que se suscribirá y pagará en la forma que se señala en los artículos transitorios, dividido en 10.000.- acciones nominativas, todas de una misma serie y valor, y sin valor nominal.- El capital social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de todos los accionistas de común acuerdo a través de Junta de Accionistas. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos.”, de igual modo, se rectifica, aclara y modifica en lo pertinente el Artículo Primero Transitorio de las DISPOSICIONES TRANSITORIAS de la escritura pública de 7 de noviembre del 2019 otorgada en Notaría de Temuco de Jorge Elías Tadres Hales, Repertorio N° 9.596/2019 el que pasa a quedar como sigue: “Artículo Primero Transitorio.- El capital social, ascendente a la suma de $10.000.000.-, en moneda nacional y dividido en 10.000.- acciones, todas nominativas, de una misma serie e igual valor y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan de la siguiente manera: el accionista constituyente, MIGUEL ALFREDO HENRIQUEZ ALARCON suscribe 10.000.- acciones por un valor total de $10.000.000.-, los que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando en caja social. En la forma relacionada, ha quedado totalmente suscrito y pagado el capital social.”, resultando que en lo no rectificado, aclarado y modificado conforme lo expresado en las cláusulas extractadas quedan plenamente vigentes los artículos permanentes y transitorios contenidos en la escritura pública de 7 de noviembre del 2019 otorgada en Notaría de Temuco de Jorge Elías Tadres Hales, Repertorio N° 9.596/2019, pasando a ser escritura extractada será parte integrante de la escritura pública de 7 de noviembre del 2019 otorgada en Notaría de Temuco de Jorge Elías Tadres Hales, Repertorio N° 9.596/2019 pasando a formar entre ambas una sola unidad, debiendo tomarse nota de la escritura pública extractada al pie o al margen de la escritura pública de 7 de noviembre del 2019 otorgada en Notaría de Temuco de Jorge Elías Tadres Hales, Repertorio N° 9.596/2019, dejándose constancia del hecho al pie o al margen de la matriz de la presente escritura pública. Demás estipulaciones escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 09 de julio del 2020.