MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HRC INVERSIONES LIMITADA

RUT 76749380-0 CVE 1784325
Capital
$800.000 CLP
Fecha instrumento
10 de junio de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de junio de 2020

Sociedad

Capital
$800.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro, todo ello con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo primitivo pactado o de cualquiera de sus prórrogas

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La inversión a cualquier título, en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, para su explotación y administración, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena; b) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. La participación en este tipo de sociedades se realizará con la finalidad de explotar y obtener utilidades del negocio que ellas desarrollan y no para obtener utilidades derivadas de la venta de sus acciones o derechos sociales; y c) Las demás operaciones o negocios que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Abogado, Notario Titular de San Miguel, con asiento en la comuna de San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 10 de junio de 2020, ante mí, don SMILJAN RADIC CLARKE, y doña SANDRA MARIA RADIC CLARKE, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9.070, oficina 1501, comuna de Vitacura, de paso en ésta, Región Metropolitana, celebraron: “MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD Y TEXTO REFUNDIDO DE ESTATUTOS SOCIALES HRC INVERSIONES LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 1.436 número 1.229, Reg. Com. CBR Stgo. Año 2007, y acordaron: Introducir una serie de modificaciones al pacto social con el objeto de adecuarlo a la nueva realidad de la sociedad. En razón de lo anterior, acordaron otorgar el texto refundido de los estatutos sociales, cuyo tenor extractado es el siguiente: NOMBRE: El nombre o razón social será HRC INVERSIONES LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “HRC INVERSIONES LTDA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La inversión a cualquier título, en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, para su explotación y administración, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena; b) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. La participación en este tipo de sociedades se realizará con la finalidad de explotar y obtener utilidades del negocio que ellas desarrollan y no para obtener utilidades derivadas de la venta de sus acciones o derechos sociales; y c) Las demás operaciones o negocios que acuerden los socios. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. DOMICILIO: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que la sociedad decida establecer en otros lugares del territorio nacional o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro, todo ello con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo primitivo pactado o de cualquiera de sus prórrogas. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $800.000, íntegramente pagado con anterioridad a la fecha de la escritura extractada y que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) don SMILJAN RADIC CLARKE, con el 50% del total de los derechos sociales; y b) doña SANDRA MARÍA RADIC CLARKE, con el 50% del total de los derechos sociales. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán exclusivamente a través de don SMILJAN RADIC CLARKE y de doña SANDRA MARÍA RADIC CLARKE, quienes actuando indistintamente uno cualquiera de ellos y, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Santiago, 08 de julio de 2020. M. Medina R. Notario Público.