CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

VENTA Y COMERCIALIZADORA DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN SpA

CVE 1784097
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de julio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de julio de 2020
Repertorio
9520/2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Objeto social

compra, venta, importación, exportación, fabricación, representación, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles y la realización de cualesquiera otros negocios que estén directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con el desarrollo del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA LUNA SÁEZ, Notario Suplente del Titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, Sra. María Pilar Gutiérrez Rivera, ambos domiciliados en Huérfanos 669, octavo piso, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 7 de julio del año 2020, Repertorio N° 9.520 / 2020, ante mí, Inversiones Fornells SpA, debidamente representada, constituyó sociedad por acciones. Razón Social: “VENTA Y COMERCIALIZADORA DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN SpA”, pudiendo actuar para todos los efectos, e incluso ante bancos, bajo el nombre de fantasía “VECOMACO SpA”. Objeto: compra, venta, importación, exportación, fabricación, representación, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles y la realización de cualesquiera otros negocios que estén directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con el desarrollo del objeto social. En el desarrollo del objeto social, la sociedad podrá ejecutar sus actividades por cuenta propia o a través de terceros. Capital: $50.000.000, dividido en 50.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito, del cual $10.000.000 fueron pagados en el acto de constitución y $40.000.000 se pagarán a medida que las necesidades sociales así lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de la escritura extractada. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y parcialmente pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de julio de 2020.