MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA SANTA MARÍA LIMITADA

RUT 76124381-0 CVE 1783415
Capital
$201.030.927 CLP
Fecha instrumento
8 de julio de 2010

Instrumento

Fecha
8 de julio de 2010
Notario
Notario Suplente del Titular don LUIS POZA MALDONADO
Domicilio
Santiago

Sociedad

Capital
$201.030.927 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOCIEDAD INMOBILIARIA SANTA MARÍA LIMITADA socio 76124381-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DAVID POZA MATUS, Notario Suplente del Titular don LUIS POZA MALDONADO, Notario Público de Santiago, con Oficio en Avenida Vitacura 6.844, nivel menos uno, Vitacura, certifica: por escritura de hoy ante mí, Cecilia Jacqueline Vittini De Ruyt, Blanca Estela 1055, depto. 413, de la comuna de Concón, de paso en ésta; Joaquín Esteban Puig Vittini, Av. Las Condes 9560 depto 707, Las Condes; Cristian Tomás Puig Sánchez, Las Araucarias 1733 depto 417, Lo Barnechea, por sí y en representación de Jaime Eduardo Díaz Martínez, Vicuña Mackenna 402, Temuco, y en representación de Cristóbal José Puig Vittini, Av. Mirador de la Frontera 2623, Temuco; Juan Sergio Puig Sánchez, Av. Francisco Bilbao 7085 depto C, La Reina y Geraldine Stefanie Puig Vittini, Av. Gastón Hamel 355 depto 304, Reñaca, de paso en ésta, vienen en modificar SOCIEDAD INMOBILIARIA SANTA MARÍA LIMITADA, RUT 76.124.381-0, constituida por escritura pública de fecha 08.07.2010, otorgada ante el Notario de Temuco don Carlos Alarcón Ramírez, cuyo extracto se inscribió a fojas 773 vta Nº 709 del Registro de Comercio de Temuco del año 2010 y publicado en el D.O. del 17.07.2010, don Juan Alfonso Puig Echavarri, don Jaime Eduardo Díaz Martínez, don Cristian Tomás Puig Sánchez y don Juan Sergio Puig Sánchez, con un capital de $201.030.927.- Con fecha 16.03.2017 falleció, sin dejar testamento, don Juan Alfonso Puig Echavarri, y la posesión efectiva de sus bienes fue otorgada por el Registro Civil de la Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, según Resolución Exenta número 4.675 de fecha 29.01.2018 y publicada el 01.02.2018, la cual fue anotada al margen de la inscripción de la sociedad con fecha 14.08.2019, siendo sus herederos doña Cecilia Jacqueline Vittini De Ruyt como cónyuge sobreviviente y sus hijos Juan Sergio Puig Sánchez, Cristian Tomás Puig Sánchez, Joaquín Esteban Puig Vittini, Cristóbal José Puig Vittini y Geraldine Stefanie Puig Vittini. Por medio del presente instrumento, los herederos del socio fallecido don Juan Alfonso Puig Echavarri, vienen en adjudicarse las acciones y derechos que a éste le correspondían en la Sociedad Inmobiliaria Santa María Limitada ascendentes a un 97% del capital, de la siguiente manera: Uno) A doña Cecilia Jacqueline Vittini De Ruyt, quién acepta y adquiere para sí las acciones y derechos, haberes y/o débitos en la proporción de un 27,70% del total de la participación del causante en el capital de la sociedad, pasando la heredera a ocupar en su debida proporción el mismo lugar jurídico que al causante le correspondía en dicha sociedad; Dos) Al socio don Juan Sergio Puig Sánchez, quién acepta y adquiere para sí las acciones y derechos, haberes y/o débitos en la proporción de un 13,86% del total de la participación del causante en el capital de la sociedad, pasando el heredero a ocupar en su debida proporción el mismo lugar jurídico que al causante le correspondía en dicha sociedad, y que adicionando la participación que este socio tenía en la sociedad de un 1%, queda con una participación total de 14,86% del capital de la sociedad; Tres) Al socio don Cristian Tomás Puig Sánchez, quién acepta y adquiere para sí las acciones y derechos, haberes y/o débitos en la proporción de un 13,86% del total de la participación del causante en el capital de la sociedad, pasando el heredero a ocupar en su debida proporción el mismo lugar jurídico que al causante le correspondía en dicha sociedad, y que adicionando la participación que este socio tenía en la sociedad de un 1%, queda con una participación total de 14,86% del capital de la sociedad; Cuatro) A doña Geraldine Stefanie Puig Vittini, quién acepta y adquiere para sí las acciones y derechos, haberes y/o débitos en la proporción de un 13,86% del total de la participación del causante en el capital de la sociedad, pasando la heredera a ocupar en su debida proporción el mismo lugar jurídico que al causante le correspondía en dicha sociedad; Cinco) A don Joaquín Esteban Puig Vittini, quién acepta y adquiere para sí las acciones y derechos, haberes y/o débitos en la proporción de un 13,86% del total de la participación del causante en el capital de la sociedad, pasando el heredero a ocupar en su debida proporción el mismo lugar jurídico que al causante le correspondía en dicha sociedad, y Seis) A don Cristóbal José Puig Vittini, quién acepta y adquiere para sí las acciones y derechos, haberes y/o débitos en la proporción de un 13,86% del total de la participación del causante en el capital de la sociedad, pasando el heredero a ocupar en su debida proporción el mismo lugar jurídico que al causante le correspondía en dicha sociedad. En consecuencia por la transmisión contenida en este instrumento, el capital de la Sociedad Inmobiliaria Santa María Limitada, queda conformado o distribuido de la siguiente manera: a) doña Cecilia Jacqueline Vittini De Ruyt un 27,70%; b) don Juan Sergio Puig Sánchez, un 14,86%; c) don Cristian Tomás Puig Sánchez, un 14,86%; d) doña Geraldine Stefanie Puig Vittini un 13,86%; e) don Joaquín Esteban Puig Vittini un 13,86%; f) don Cristóbal José Puig Vittini un 13,86%, y g) don Jaime Eduardo Díaz Martínez un 1%. Los socios comparecientes vienen en acordar y efectuar las siguientes modificaciones al estatuto social: UNO) Modificar la cláusula Cuarto del estatuto constitutivo en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social queda radicada conjuntamente en los socios don Cristian Tomás Puig Sánchez, don Joaquín Esteban Puig Vittini y don Cristóbal José Puig Vittini quienes tendrán las mismas facultades allí señaladas. DOS) Se modifica la cláusula Séptimo referida a la duración de la sociedad, en el sentido que la vigencia será de un año contado esta fecha, pudiendo renovarse por periodos de un año, si ninguno de los socios manifiesta la intención de no perseverar en ella, mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción en el Registro de Comercio competente, con a lo menos seis meses de anticipación a la vigencia o alguna de sus prórrogas. Los socios adjudicatarios aceptan expresamente las distribuciones de utilidades y o pérdidas efectuada entre los socios, anteriores al presente instrumento, señalando que no hay reclamo ni distribuciones pendientes y que otorgan el mas amplio, completo y total finiquito respecto de estos conceptos. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes a la sociedad. CESION DE DERECHOS: Por el presente instrumento, don Jaime Eduardo Díaz Martínez, debidamente representado, con el consentimiento de sus consocios, vende la totalidad de sus acciones y derechos que le corresponden a su participación en la Sociedad Inmobiliaria Santa María Limitada, ascendente a un 1% a doña Cecilia Jacqueline Vittini De Ruyt vende y cede un 0,17%; a don Juan Sergio Puig Sánchez un vende y cede un 0,17%; a don Cristian Tomás Puig Sánchez vende y cede un 0,17%; a don Joaquín Esteban Puig Vittini, vende y cede un 0,16%; a doña Geraldine Stefanie Puig Vittini vende y cede un 0,17% y a don Cristóbal José Tomás Puig Vittini, vende y cede un 0,16%, todos quienes compran aceptan y adquieren para sí, en la suma total de cuatro millones doscientos mil pesos, que los cesionarios pagan de contado en este acto su proporción correspondiente, y que el representante del cedente declara expresamente haber recibido a su entera conformidad por lo que renuncia a las acciones resolutorias que pudieren corresponderle. En consecuencia, entendiéndose que se ha efectuado la tradición de los derechos sociales a los que se refiere la cláusula precedente, en la actualidad los únicos socios de la SOCIEDAD INMOBILIARIA SANTA MARIA LIMITADA y sus respectivos porcentajes en la misma, el capital social queda conformado de la siguiente manera: a) doña Cecilia Jacqueline Vittini De Ruyt un 27,87%; b) don Cristian Tomás Puig Sánchez, un 15,03%; c) don Juan Sergio Puig Sánchez, un 15,03%; d) doña Geraldine Stefanie Puig Vittini un 14,03%; e) don Joaquín Esteban Puig Vittini un 14,02%; y f) don Cristóbal José Puig Vittini un 14,02%. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, Junio 25 de 2020.