INVERSIONES Y RENTAS EDUARDO FADDA DÍAZ Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de julio de 2020
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1235, local 2, piso 1 y 2, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 03/07/2020, Rep. N°3619-2020, ante mí, don EDUARDO JAVIER FADDA DÍAZ, chileno, casado, bajo régimen matrimonial de separación total de bienes, licenciado en psicología, cédula nacional de identidad y Rol único tributario número trece millones quinientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos seis guion cero; y doña CAROLYN GRACE ADOLFSSEN HIDALGO, chilena, casada, bajo régimen matrimonial de separación total de bienes, administrador gastronómico, cédula nacional de identidad y Rol único tributario número trece millones setecientos quince mil cuatrocientos veinticinco guion cero, ambos domiciliados para estos efectos en calle General Salvo número ciento setenta y tres, Providencia, Santiago, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. El nombre o razón social de la Sociedad es “INVERSIONES Y RENTAS EDUARDO FADDA DÍAZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo actuar inclusive ante bancos e instituciones financieras con el nombre de fantasía “EFD Y CÍA. LTDA.”. Capital social. El capital de la Sociedad es la cantidad de ciento setenta y cuatro millones de pesos, que los socios aportan y pagan en las proporciones y de la forma siguiente: A) EDUARDO JAVIER FADDA DÍAZ, entera el equivalente al noventa y nueve coma cuarenta y tres por ciento del capital social, mediante el aporte de ciento setenta y tres millones de pesos, ya enterados e ingresados a la caja social en dinero en efectivo; y B) CAROLYN GRACE ADOLFSSEN HIDALGO, entera el equivalente al cero coma cincuenta y siete por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón de pesos, ya enterados e ingresados a la caja social en dinero en efectivo. Objeto de la sociedad. El giro u objeto de la Sociedad será: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversiones y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) La participación inversionista o asesora en toda clase de negocios o empresas y el desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; y c) La participación en cualquier forma en sociedades relacionadas con el giro anterior y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con los rubros expresados que los socios acuerden, sea que se realice en Chile o en el extranjero, directamente o a través de sociedades y/o asociaciones que para dicho efecto se creen o en que participe. Domicilio. El domicilio de la Sociedad será la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración de la sociedad. La Sociedad comenzará con esta fecha y tendrá una duración de cinco años. Vencido este plazo, el plazo de duración de la Sociedad se prorrogará tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con noventa días de anticipación, a lo menos, al vencimiento del periodo original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad de los socios. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración de la sociedad. La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá con las más amplias facultades y atribuciones a EDUARDO JAVIER FADDA DÍAZ y a CAROLYN GRACE ADOLFSSEN HIDALGO, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. En Santiago, 07 de julio de 2020.