INVERSIONES RIO PICAFLOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2020
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $179.978.899 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 30 años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, según se establece en escritura extractada
Objeto social
a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas con fines rentísticos, derechos en sociedades, debentures, bonos, cuotas de fondos de inversión, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y b) La realización de todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, Certifica que por escritura publica de fecha 15 de mayo de 2020, ante mi Suplente Rodrigo Sotomayor Graepp, DANIEL ALEJANDRO LEIDERMAN VAVRA y RELEY SpA, domiciliados para estos efectos en calle Barón de Juras Reales Nº5050, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; acordaron modificar la sociedad “INVERSIONES RIO PICAFLOR LIMITADA”, inscrita a fojas 35344 número 26.347 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2004, en los siguientes términos: A) Se acuerda dividir la compañía en dos sociedades, una de las cuales mantiene el nombre y será continuadora legal, naciendo la sociedad “Inversiones Río Cóndor Limitada”. B) Como consecuencia de lo anterior, se modifica artículo sexto, en sentido que el capital de la sociedad disminuye de la suma de $187.908.093 a la suma de $7.929.194, el que se encuentra íntegramente pagado en dinero efectivo con anterioridad a la fecha de la escritura y se encuentra distribuido de la siguiente forma: a) Don Daniel Alejandro Leiderman Vavra, ha aportado y pagado en dinero efectivo el equivalente a un 99,947 % del capital e interés social, ya ingresado en caja social; y b) Reley SpA, ha aportado y pagado en dinero efectivo la el equivalente a un 0,053% del capital e interés social, ya ingresado en caja social; C) Producto de la división se acuerda la constitución de la sociedad Inversiones Río Cóndor Limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Socios: Daniel Alejandro Leiderman Vavra y Reley SpA, todos domiciliados para estos efectos en calle Barón de Juras Reales Nº5050, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; Razón Social: “INVERSIONES RÍO CÓNDOR LIMITADA”, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad expresión “Río Cóndor Ltda.”. Objeto: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas con fines rentísticos, derechos en sociedades, debentures, bonos, cuotas de fondos de inversión, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y b) La realización de todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios. Capital: $179.978.899.- aportado por los socios de la siguiente forma: a) Don Daniel Alejandro Leiderman Vavra, ha aportado y pagado en dinero efectivo el equivalente a un 99,947 % del capital e interés social, ya ingresado en caja social; y b) Reley SpA, ha aportado y pagado en dinero efectivo la el equivalente a un 0,053% del capital e interés social, ya ingresado en caja social; Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer oficinas, agencias o sucursales en otros lugares dentro y/o fuera del país. Administración y uso Razón Social: Corresponderá a don Daniel Alejandro Leiderman Vavra, con las facultades indicadas en la escritura extractada. Duración: 30 años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, según se establece en escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago, 3 de julio de 2020.