CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGROCACERES SpA

CVE 1783665
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de julio de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de julio de 2020

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

la administración y explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, predios rústicos, por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación, el bodegaje y almacenado de los mismos; transporte, fletes en relación con los rubros, traslado de frutas, verduras, semilleros, etcétera y silvoagropecuario y todo lo relacionado con este rubro, estén o no comprendidos en el detalle anterior y que vayan en beneficio de la sociedad

Administración

corresponderá a PEDRO ANTONIO CÁCERES IBARRA, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Luis Sáiz del Campo, Notario de Santiago, Titular 28º Notaría, Av. Recoleta 377, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, don PEDRO ANTONIO CÁCERES IBARRA, Salas 308, comuna de Recoleta, constituye Sociedad por Acciones. NOMBRE: “AGROCACERES SpA”. OBJETO: la administración y explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, predios rústicos, por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación, el bodegaje y almacenado de los mismos; transporte, fletes en relación con los rubros, traslado de frutas, verduras, semilleros, etcétera y silvoagropecuario y todo lo relacionado con este rubro, estén o no comprendidos en el detalle anterior y que vayan en beneficio de la sociedad. ADMINISTRACIÓN: corresponderá a PEDRO ANTONIO CÁCERES IBARRA, amplias facultades. CAPITAL SOCIAL: $2.000.000, dividido en 100 acciones nominativas y de igual valor, esto es $20.000 por acción, suscrito y pagado en este acto por PEDRO ANTONIO CÁCERES IBARRA. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas o sucursales que puedan establecerse en otras partes del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 06 de julio de 2020.