AGRO BERRIES CASABLANCA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2020
- Notario
- Álvaro Francisco Estrada Alvarado
- Domicilio
- Casablanca
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JOSE ANTONIO SARIEGO CANTWELL | socio | 12621353-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro Francisco Estrada Alvarado, Notario Público Titular Casablanca, domicilio Constitución 380, Casablanca, certifica que por escritura pública de hoy ante mí, comparece don JOSE ANTONIO SARIEGO CANTWELL, RUT 12.621.353-0 quien viene en reducir a escritura pública el acta de la ACTA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS sociedad AGRO BERRIES CASABLANCA S.A. , que es del siguiente tenor; Casablanca a 11 de junio de 2020 siendo las 15:00, tiene lugar una Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad AGRO BERRIES CASABLANCA S.A., inscrita a fojas 84 vuelta N ° 103 del Registro de Comercio del año 2005 del CBR de Casablanca Preside la Junta el Director señor MANUEL ANTONIO HUERTA JEREZ, quien con el acuerdo unánime de la totalidad de los accionistas actuará como presidente. Actúa como secretario de acta y Calificador de Poderes el abogado señor JOSE ANTONIO SARIEGO CANTWELL. Asisten todos los accionistas, quienes firman hoja de asistencia. Asiste también el Notario Público de Casablanca don Álvaro Francisco Estrada Alvarado, se deja constancia que no se efectuaron las formalidades de convocatoria, por existir la certeza de que concurrirán a la Junta, la totalidad de las acciones con derecho a voto, como efectivamente ocurrió. objeto de la Junta: pronunciarse sobre la disolución anticipada de la Sociedad y designar Comisión Liquidadora o Liquidador unipersonal. Aprueban la disolución de la Sociedad. Habiendo aprobado la Junta de Accionistas la disolución de la sociedad AGRO BEERIES CASABLANCA S.A. Designación de un Liquidador Unipersonal conforme lo permite el artículo ciento once inciso primero de la ley dieciocho mil cuarenta y seis nombramiento que recae en el señor Pedro Huerta Tapia, quien, encontrándose presente acepta el cargo. Se facultar al abogado señor JOSE ANTONIO SARIEGO CANTWELL, para que redúzcala presente Acta a escritura pública en todo o en parte.- Demás estipulaciones escritura extractada. Casablanca, 02 de Julio de 2020.-