MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD TRANSPORTES RT LIMITADA

RUT 76242874-1 CVE 1783015
Fecha instrumento
3 de julio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de julio de 2020
Notario
CLOVIS TORO CAMPOS
Oficio
Décima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLOVIS TORO CAMPOS, abogado, NOTARIO PUBLICO, Titular de la Décima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Compañía mil trescientos doce, certifico: Escritura pública, hoy ante mí, DIEGO VICTOR TREJO SUCASACA, peruano, casado y separado de bienes, empresario, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones seiscientos setenta y cuatro mil ciento dos guión nueve; don ROBERT CHRISTIAN TREJO ZUÑIGA, peruano, soltero, transportista, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones seiscientos setenta y cinco mil ciento trece guión K, y doña FLOR FLORENCIA ZUÑIGA ROMOACCA, peruana, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número catorce millones seiscientos setenta y cinco mil quinientos setenta y cuatro guión siete; todos con domicilio en calle Arturo Pérez Canto cinco mil novecientos noventa y seis, comuna de Conchalí; modifican sociedad "SOCIEDAD TRANSPORTES RT LIMITADA”, Rol Único tributario setenta y seis millones doscientos cuarenta y dos mil ochocientos setenta y cuatro guión uno, se constituyó por Escritura Pública de fecha dieciséis de octubre del año dos mil doce, ante el Notario Público de Santiago don Clovis Toro Campos, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas setenta y dos mil novecientos ochenta y cuatro número cincuenta mil setecientos, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año dos mil doce; la cual fue publicada en el Diario Oficial, con fecha dieciocho de octubre del año dos mil doce.- Modificaciones consisten: ROBERT CHRISTIAN TREJO ZUÑIGA, titular del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 40% de sus derechos sociales a FLOR FLORENCIA ZUÑIGA ROMOACCA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $2.000.000; Asimismo, el socio don DIEGO VICTOR TREJO SUCASACA, titular del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales a don ROBERT CHRISTIAN TREJO ZUÑIGA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $2.500.000; Como consecuencia de las cesiones se retira de la sociedad don DIEGO VICTOR TREJO SUCASACA, y quedan como únicos y actuales socios don ROBERT CHRISTIAN TREJO ZUÑIGA, con el sesenta por ciento de los derechos sociales; y doña FLOR FLORENCIA ZUÑIGA ROMOACCA, con el cuarenta por ciento de los derechos sociales; quienes acuerdan ratifican la cláusula octava del pacto social, en el sentido de señalar que la administración, representación y uso de la razón social seguirá correspondiéndole a don ROBERT CHRISTIAN TREJO ZUÑIGA, con las mismas facultades señaladas en el pacto social, las que se dan por íntegramente reproducidas.- En todo lo no modificado, siguen vigente demás cláusula del pacto social constitutivo.- Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 03 JULIO 2020.-