MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS LIMITADA

RUT 76178855-8 CVE 1783131
Fecha instrumento
11 de octubre de 2011
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de octubre de 2011
Notario
ELIAS JARUFE ROJAS
Oficio
47 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS LIMITADA socio 76178855-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELIAS JARUFE ROJAS, Abogado, Notario Público, Titular 47 Notaria de Santiago, con oficio Av. Pedro de Valdivia 3317, Ñuñoa, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, GUSTAVO ADOLFO CALVO GRISAR, TATIANA ANDREA VIVANCO BARRIENTOS, y FRANCISCA ANDREA MONTECINOS VIVANCO, todos domiciliados en calle Doctor Johow 987, Depto. 704, comuna de Ñuñoa, modificaron SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS LIMITADA, RUT 76.178.855-8, constituida por escritura pública otorgada en la notaría de Santiago ante don Leonardo Ortega Sandoval notario suplente del titular don Sergio Henríquez Silva, de fecha 11 Octubre 2011,en las condiciones estipuladas en el mencionado instrumento. Un extracto de la escritura social se inscribió a fojas 433, número 361 Registro de Comercio de San Miguel año 2011 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 14 noviembre 2011, edición N° 40.109; forma siguiente: GUSTAVO ADOLFO CALVO GRISAR, vende, cede y transfiere el total sus derechos sociales, equivalentes al 50% capital social a doña FRANCISCA ANDREA MONTECINOS VIVANCO, quien compra, acepta y adquiere dichos derechos para sí. El precio de esta venta y cesión es la suma de $1.500.000.- pagado contado. En virtud de esta cesión se retira de la sociedad GUSTAVO ADOLFO CALVO GRISAR, quedando como únicas socias, TATIANA ANDREA VIVANCO BARRIENTOS, y FRANCISCA ANDREA MONTECINOS VIVANCO con el 50% del capital social cada una. Actuales socias acuerdan: a) en lo sucesivo la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a ambas socias, actuando indistinta y separadamente, amplias facultades; b) Asimismo, acuerdan eliminar nombre de fantasía, de esta manera, la sociedad en lo sucesivo, solo funcionará con la razón social “SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS LIMITADA”. Socias reiteran responsabilidad hasta montos de sus aportes. En lo no modificado, sigue vigente pacto y condiciones estatuto citado. Demás estipulaciones constan escritura extractada.-SANTIAGO, 03 de Julio de 2020.