MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TRANSPORTES PINCHEIRA LIMITADA

RUT 76227167-2 CVE 1783024
Capital
$15.000 CLP
Fecha instrumento
26 de junio de 2020
Notaría
Los

Instrumento

Fecha
26 de junio de 2020
Notario
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
Oficio
4° Notaria de Los Ángeles
Comuna
Los

Sociedad

Capital
$15.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular 4° Notaria de Los Ángeles, Caupolicán 355, certifico: Que por escritura pública Rep. 2247-2020, de fecha 26 de Junio de 2020, otorgada ante doña Jessica Lorena Aguilera Tapia, suplente del titular; don CRISTIAN DARIO PINCHEIRA ALTAMIRANO, chileno, casado, transportista, cedula nacional de identidad N°13.385.983-7, doña CLAUDIA STEFANNI ARANEDA LILLO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, trabajadora independiente, cédula nacional de identidad N°17.215.577-7 ambos domiciliados en la comuna de Quilleco, camino a Santa Barbara, kilómetro 18 interior y de paso por esta, y don MIGUEL ALEJANDRO ALTAMIRANO PINCHEIRA, chileno, casado, técnico en administración de empresas, cedula nacional de identidad N°16.719.860-0, domiciliado en la ciudad de Los Ángeles, Villa Patria Vieja, Lago Mustique número 1841; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada constituida por don Cristian Darío Pincheira Altamirano y don Miguel Alejandro Altamirano Pincheira, bajo la razón social de “SOCIEDAD DE TRANSPORTES PINCHEIRA LIMITADA“, Rol Único Tributario N°76.227.167-2, capital $15.000.0000; cuyo respectivo extracto se inscribió en el Registro de Comercio a fojas 1224 número 795, del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, correspondiente al año 2012. La publicación del extracto se efectuó en el diario Oficial el día 19 de octubre del año 2012, edición N°40.389. Los comparecientes modifican el estatuto social en el siguiente sentido: A) MIGUEL ALEJANDRO ALTAMIRANO PINCHEIRA cedió el 100% de sus derechos en la sociedad equivalentes a un 5%, por la suma de $750.000; a doña CLAUDIA STEFANNI ARANEDA LILLO, pasando a ser únicos socios por tanto don CRISTIAN DARIO PINCHEIRA ALTAMIRANO y doña CLAUDIA STEFANNI ARANEDA LILLO. B) Los actuales socios modifican la cláusula sexta del pacto social constitutivo en el sentido que las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata a sus respectivos aportes, esto es, en un 95% a don Cristian Darío Pincheira Altamirano y en un 5% a doña Claudia Stefanni Araneda Lillo. En todo lo no modificado se mantiene vigentes estipulaciones del pacto. Demás estipulaciones escritura extractada. Los Ángeles, 07 de julio de 2020.-