PANIFICADORA GUSTAVO ALONSO LEFIMIL FUENTES E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 7 de julio de 2020
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- será la ciudad de Temuco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
será toda actividad relacionada con la panificación, como fabricación de pan, pastelería, sala de ventas y la realización de toda clase de actividad o negocio que relacionados o no con el objeto de la empresa, que acuerde realizar el compareciente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha uno de Julio de dos mil veinte, ante mí, Don GUSTAVO ALONSO LEFIMIL FUENTES, chileno, viudo, trabajador independiente, de cincuenta y nueve años de edad, cédula nacional de identidad número ocho millones ciento ochenta y cinco mil trescientos noventa y nueve guión uno, domiciliado en Temuco, calle Tegualda número mil ciento treinta, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.- NOMBRE EMPRESA: “PANIFICADORA GUSTAVO ALONSO LEFIMIL FUENTES E.I.R.L.”.- ADMINISTRACION Y USO DEL NOMBRE: corresponderá a su titular, don GUSTAVO ALONSO LEFIMIL FUENTES.- CAPITAL: $1.500.000.- aportados en acto escritura, en dinero efectivo e ingresados en la Caja de la Empresa. La empresa responderá exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes, y el empresario, responderá con su patrimonio sólo del pago efectivo del aporte comprometido conforme a este acto constitutivo y sus modificaciones futuras. OBJETO: será toda actividad relacionada con la panificación, como fabricación de pan, pastelería, sala de ventas y la realización de toda clase de actividad o negocio que relacionados o no con el objeto de la empresa, que acuerde realizar el compareciente. DURACION: tendrá una duración indefinida. DOMICILIO: será la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales que se puedan establecer en el resto del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 07 de Julio de 2020.