Inmobiliaria Alto Linares 2 SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2020
- Notario
- María Virginia Wielandt Covarrubias
- Oficio
- titular de la 5° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Virginia Wielandt Covarrubias, Abogado, Notario Público suplente del titular de la 5° Notaría de Santiago, de don Patricio Raby Benavente, domiciliada en Gertrudis Echeñique 30, oficina 32, las Condes, Santiago, certifico que: por escritura pública 12 Junio de 2020, ante mí, Agrícola Nova S.A., domiciliada en Aurora de Chile s, Ciudad y Comuna de Linares, y de paso por esta ciudad, Kauil SpA, Inversiones y Asesorías Newen SpA, e Inversiones e Inmobiliaria San José SpA, estos tres últimos domiciliados en Lo Fontecilla 101, oficina 504, las Condes, Santiago, vienen en modificar sociedad Inmobiliaria Alto Linares 2 SpA, inscrita a fojas 88074, Nº43323 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2019. Modificación consiste en el monto de la preferencia de la Acciones Serie “B”, en virtud de lo anterior, se reemplaza el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma y proporciones que se indican en los artículos transitorios. Las 1.000 acciones están divididas en dos series de acciones: La Serie “A” o acciones comunes corresponde a 500 acciones y la Serie “B” o preferentes corresponde a 500 acciones, cuya preferencia consiste en que tendrán derecho a recibir el 100% de los dividendos que se distribuyan por la sociedad, hasta que el monto distribuido llegue a la cantidad de 11.353,48 Unidades de Fomento. Una vez repartido por concepto de dividendo la cantidad de 11.353,48 Unidades de Fomento, se entenderá expirada la preferencia, y todas las acciones serán comunes. El capital y valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho cada vez que la Junta General Ordinaria de Accionistas apruebe el balance de un ejercicio, debiendo aquel expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de la distribución de la revalorización de capital propio.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de junio de 2020. María Virginia Wielandt Covarrubias. Notario Suplente.