Bárbara Sybella Marcoleta Silva Propiedades E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 1 de julio de 2020
- Repertorio
- 21233
- Notario
- CECILIA GÁLVEZ PINO
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCECILIA GÁLVEZ PINO, Notario Público Titular Viña del Mar, Avenida Libertad 1155-A, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí el 1 de julio 2020, BÁRBARA SYBELLA MARCOLETA SILVA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, corredora de propiedades, cédula nacional de identidad 12.027.130-K, 45 años de edad, y MATÉO ANDRÉS SÁNCHEZ GONZÁLEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, corredor de propiedades, cédula nacional de identidad 9.267.958-6, 51 años de edad, ambos Bellavista N° 5 oficina 204, Reñaca, Viña del Mar, sanearon, de acuerdo con la ley 19.499, vicio de nulidad que afectaba a sociedad “MSG PROPIEDADES COMERCIALES LIMITADA”, Rut 76.190.666-6, y en que se incurrió en escritura pública otorgada por los mismos comparecientes el 19 de noviembre 2019 ante notario Viña del Mar Patricia Bahamonde Vega suplente del titular Luis Enrique Fischer Yávar, Repertorio 21.233, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial el13 de diciembre 2019 y se inscribió en el Registro de Comercio de Viña del Mar a fojas 2123 N° 1547 de 2019, escritura en que se modificó la empresa individual “Bárbara Sybella Marcoleta Silva Propiedades E.I.R.L.”, cediendo Bárbara Sybella Marcoleta Silva, el 95% de los derechos en dicha empresa a Matéo Andrés Sánchez González, y procediendo ambos a transformar la misma empresa individual en una sociedad de responsabilidad limitada, y a establecer el estatuto que regularía esta última, a la que se le asignó la razón social “MSG Propiedades Comerciales Limitada”, y el nombre de fantasía “MSG Ltda.”. En la letra B) de la cláusula tercera de dicha escritura se estableció que la duración de la sociedad en referencia sería a partir de la fecha de la misma escritura y por plazo indefinido. Atendido que de acuerdo al artículo 352 N° 7 del Código de Comercio, aplicable en virtud de la ley 3.918 a las sociedades de responsabilidad limitada, la escritura social deberá expresar “La época en que la sociedad debe principiar y disolverse”, y que ésta última exigencia no se cumple en lo dispuesto en la citada letra B) de la cláusula tercera, que no establece época de disolución de la sociedad sino plazo indefinido, existe por esta causa un vicio formal de nulidad que afecta a “MSG Propiedades Comerciales Limitada”, consistente en la falta del señalamiento de la época de disolución de la sociedad que la ley exige. Considerando lo anterior, los comparecientes, en su calidad de únicos socios de “MSG Propiedades Comerciales Limitada”, sanean dicho vicio, estableciendo para la duración de la sociedad un plazo determinado, sin perjuicio de sus eventuales prórrogas, para cuyo efecto sustituyen, con el carácter retroactivo propio del saneamiento, la actual letra B) de la cláusula tercera de la mencionada escritura de diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, por la siguiente: “B) La sociedad durará desde el diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve hasta el treinta de noviembre de dos mil veintidós. Sin embargo, el plazo de vigencia de la sociedad se entenderá prorrogado en forma tácita y automática por uno o más períodos sucesivos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad al final del período que estuviere en vigencia, sea éste el período original o el de cualquiera de sus prórrogas, mediante una declaración en tal sentido formulada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, todo ello con noventa días de anticipación a lo menos a la fecha del vencimiento del período que estuviere entonces en curso. La sociedad es la continuadora legal de “Bárbara Sybella Marcoleta Silva Propiedades E.I.R.L." ”. Se deja constancia de que la inscripción de la constitución de “Bárbara Sybella Marcoleta Silva Propiedades E.I.R,L.”, rola en el Registro de Comercio de Viña del Mar a fojas 285 vuelta N° 316 de 2012. Viña del Mar, 03 de julio de 2020.”