CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RENTISTA DE CAPITALES MOBILIARIOS MATOK LIMITADA

RUT 76452441-1 CVE 1782099
Capital
$250.000 CLP
Fecha instrumento
22 de junio de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de junio de 2020
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$250.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente, por períodos sucesivos de cinco años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio a lo menos con tres meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de la prórroga respectiva

Objeto social

El objeto de la Sociedad será desarrollar las actividades descritas en el número dos del artículo veinte de la Ley sobre Impuesto a la Renta, especialmente obtener rentas de capitales mobiliarios consistentes en intereses, pensiones o cualesquiera otros productos derivados del dominio, posesión o tenencia a título precario de cualquiera clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación, y que no estén expresamente exceptuados, incluyéndose las rentas que provengan de: /a) Bonos y debentures o títulos de crédito; /b) Créditos de cualquier clase, incluso los resultantes de operaciones de bolsas de comercio; c) Los dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país, percibidos por personas domiciliadas o residentes en Chile; d) Depósitos en dinero, ya sea a la vista o a plazo; /e) Cauciones en dinero; /f) Contratos de renta vitalicia, y /g) Instrumentos de deuda de oferta pública a que se refiere el artículo ciento cuatro de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Quedará expresamente prohibido realizar otras actividades que se encuentren fuera del

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ASESORÍAS E INVERSIONES TARBUT LIMITADA socio 76299639-1
TIKUN SPA socio 76395871-K
INVERSIONES CLARIAL LIMITADA socio 76975636-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Abogado, Notario Público de San Miguel, con oficio en Gran venida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, comuna de San Miguel, certifica que por escritura pública de fecha 22 de junio de 2020, ante mí, RENTISTA DE CAPITALES MOBILIARIOS MOTEK LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.452.441-1; ASESORÍAS E INVERSIONES TARBUT LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.299.639-1; TIKUN SPA, Rol Único Tributario N°76.395.871-K; INVERSIONES CLARIAL LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.975.636-1, Avenida Costanera Sur número dos mil setecientos treinta, piso noveno, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, acordaron constituir la siguiente sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: RENTISTA DE CAPITALES MOBILIARIOS MATOK LIMITADA. Objeto: El objeto de la Sociedad será desarrollar las actividades descritas en el número dos del artículo veinte de la Ley sobre Impuesto a la Renta, especialmente obtener rentas de capitales mobiliarios consistentes en intereses, pensiones o cualesquiera otros productos derivados del dominio, posesión o tenencia a título precario de cualquiera clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación, y que no estén expresamente exceptuados, incluyéndose las rentas que provengan de: /a/ Bonos y debentures o títulos de crédito; /b/ Créditos de cualquier clase, incluso los resultantes de operaciones de bolsas de comercio; c) Los dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país, percibidos por personas domiciliadas o residentes en Chile; d) Depósitos en dinero, ya sea a la vista o a plazo; /e/ Cauciones en dinero; /f/ Contratos de renta vitalicia, y /g/ Instrumentos de deuda de oferta pública a que se refiere el artículo ciento cuatro de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Quedará expresamente prohibido realizar otras actividades que se encuentren fuera del objeto social. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan abrirse en otros puntos del territorio nacional o del extranjero. Duración: La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente, por períodos sucesivos de cinco años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio a lo menos con tres meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de la prórroga respectiva. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios enteran y pagan en el presente acto, en dinero efectivo, de la siguiente manera: RENTISTA DE CAPITALES MOBILIARIOS MOTEK LIMITADA entera y paga, en dinero en efectivo, la suma de 250.000 pesos, equivalentes al 25% del capital social; ASESORÍAS E INVERSIONES TARBUT LIMITADA entera y paga, en dinero efectivo, la suma de 250.000 pesos, equivalentes al 25% del capital social; TIKUN SPA entera y paga, en dinero en efectivo, la suma de 250.000 pesos, equivalentes al 25% del capital social; e, INVERSIONES CLARIAL LIMITADA entera y paga, en dinero en efectivo la suma de 250.000 pesos, equivalentes al 25% del capital social. Administración y Uso de Razón Social: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá en forma exclusiva al socio RENTISTA DE CAPITALES MOBILIARIOS MOTEK LIMITADA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de julio de 2020.