MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Santa Mónica Limitada

RUT 76434583-5 CVE 1782101
Capital
$40.633.188 CLP
Fecha instrumento
12 de junio de 2020

Instrumento

Fecha
12 de junio de 2020
Notario
JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN
Domicilio
Santiago

Sociedad

Capital
$40.633.188 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN, Abogado, Notario Público Titular Santiago, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente 7163, La Florida, certifica: por escritura de hoy, ante mí: don Ignacio Silva Lombardi; y doña Mariana Ovalle Braun, ambos domiciliados en Paseo de Alcalá número 11.745, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de Inversiones Santa Mónica Limitada, sociedad cuya inscripción rola inscrita a fojas 6.416, N°4.088 del Registro de Comercio del Conservador del Bienes Raíces de Santiago del año 2015, acordaron aumentar el capital social en la suma de $40.633.188, esto es de $1.000.000 a $41.633.188, aumento que los socios enteran de la siguiente manera: a) con la capitalización de la cuenta patrimonial denominada fondo de revalorización de capital propio, en la proporción que le corresponde a cada socio de acuerdo a su participación en el capital de la sociedad, la que de acuerdo al Balance, asciende a la suma de $8.826.005; b) con la capitalización de la cuenta patrimonial denominada utilidades acumuladas, en la proporción que le corresponde a cada socio de acuerdo a su participación en el capital de la sociedad, la que de acuerdo al Balance, descontados los retiros efectuados durante el mencionado ejercicio, asciende a la suma de $16.194.738; y c) mediante el aporte de $15.612.445 que efectúa íntegramente la socia Mariana Ovalle Braun, aporte que se paga en la misma fecha de la escritura extractada, al contado y en dinero en efectivo. En consecuencia se acordó modificar los estatutos sociales en su artículo cuarto reemplazándolo por el siguiente: “Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de $41.633.188, que se paga de la siguiente forma: a) Ignacio Silva Lombardi, en un 50% de los derechos sociales, íntegramente aportados con anterioridad a la fecha de la escritura; y, b) Mariana Ovalle Braun, en un 50% de los derechos sociales, íntegramente aportados con anterioridad a la fecha de la escritura. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente pagado.” En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos, en especial en cuanto a que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 12 de junio de 2020.