CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ENERGÍA EÓLICA RINCONADA SpA

CVE 1782391
Fecha instrumento
3 de julio de 2020

Instrumento

Fecha
3 de julio de 2020
Repertorio
9396

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, abogado, notario suplente de María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18º notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifica: don Christian Roy Evans Rahal, en representación de INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA; ante mí, con fecha 3 de julio de 2020, y bajo el Repertorio N°9.396, constituyó una sociedad por acciones, la que se regirá por los siguientes estatutos: Nombre. El nombre o razón social de la sociedad por acciones es “ENERGÍA EÓLICA RINCONADA SpA”. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: Uno) En el mercado de comercio mayorista de energía eléctrica desarrollar la producción de energía eléctrica e inyectar dicha producción en el Sistema Eléctrico Nacional; Dos) En el ámbito de la comercialización, comprar energía eléctrica para venderla a distribuidoras de energía eléctrica o usuarios finales/clientes libres; Tres) Construir, instalar, operar, explotar, mantener y administrar activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales; Cuatro) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a la incorporación de activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales; Quinto) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a proyectos de generación eléctrica de terceros; Sexto) Operar, explotar, mantener y administrar activos de generación de energía adquiridos a terceros; Séptimo) Comercializar excedentes de energías proveniente de medios de Energías Renovables No Convencionales propios o contratados, para acreditar el cumplimiento de la obligación señalada en el artículo ciento cincuenta bis de la ley veinte mil doscientos cincuenta y siete; Octavo) Comercializar energía eléctrica y su potencia asociada con otras empresas generadoras; Nueve) La adquisición, construcción, implementación, operación, mantención y explotación de toda clase de bienes e instalaciones de generación de energía eléctrica; Diez) Diseño, desarrollo, gestión y/o ejecución de todo tipo de proyectos de ingeniería, energía, arquitectura u otra especialidad relativas a la generación de electricidad; Once) Adquirir, explotar y transferir concesiones de servicios eléctricos, telecomunicaciones, telefonía, telegrafía, transmisiones de télex y de data y radiocomunicaciones; Doce) Construir, instalar, explotar y mantener centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para venderlos a terceros; Trece) La construcción de una o más centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para vender la producción a generadoras, distribuidoras o usuarios finales; Catorce) Prestar asesoría en el mercado mayorista de energía eléctrica; Quince) Efectuar toda clase de inversiones y celebrar todo tipo de actos y contratos traslaticios o de mera tenencia, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, destinados a su adquisición, explotación, comercialización y administración y que digan relación con cualquiera de los objetos y giros antes referidos; Dieciséis) Aumentar o reducir potencia mediante la adquisición o enajenación de activos de generación de cualquier tipo; Diecisiete) Realizar todos los actos, y cualquier otra actividad que relacionada o no con los puntos anteriores, decidan los socios efectuar. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas de igual valor cada una y sin valor nominal. Las mil acciones en que se divide el capital, que corresponden al cien por ciento del capital social, se suscriben y pagan en este acto por el accionista INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de julio de 2020.