SOCIEDAD DE SERVICIOS FORESTALES EL LUCERO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de junio de 2020
- Repertorio
- 123-2020
- Notario
- Ivonne Pilar Elgueta Cancino
- Domicilio
- Titular don José Antonio Martínez Demandes
- Comuna
- Cauquenes
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- Cauquenes
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N° 3.918
Objeto social
El objeto de la Sociedad de Responsabilidad Limitada será: 1) La prestación de todo tipo de servicios forestales, dentro y fuera del país, incluyendo entre dichos servicios y sin que sea una enumeración taxativa, servicios de transporte de carga de madera y todo lo que tenga relación con ésta, en vehículos propios, ajenos o tomados en arrendamiento, leasing u otra forma legal y)o encomendado a terceros, formación y cuidado de viveros, forestación o reforestación, plantación, administración de planes de manejo, cuidado de todo tipo de bosques, confección de cierros, cortafuegos, caminos, fajas, realización de podas, raleo y explotación de los mismos. 2) La elaboración, producción y comercialización de todo tipo de productos e insumos de la industria forestal o maderera, sin exclusión alguna, la compra y venta de bosques y maderas, el aserreo, elaboración y dimensionado, la venta de todo tipo de maderas, establecer o realizar la administración de aserraderos, barracas y todo tipo de industrias madereras destinadas a la obtención de productos, sea por cuenta propia o ajena, dar y prestar servicios forestales de corte de bosques en pie y de madera en general, realizar servicios forestales de impregnación y de toda índole, sea por cuenta propia o ajena, sea que se ejecuten en predios propios o ajenos, adquirir inmuebles forestales o de aptitud forestal, forestarlos o reforestarlos, crear y producir viveros de todo tipo de plantas y árboles, vender sus productos o aplicarlos a predios propios o ajenos, establecer representaciones de venta, arriendo o prestación de servicios, marcas, insumos o productos de la industria forestal o maderera, adquirir todo tipo de maquinarias de aptitud forestal o vehículos que se utilicen en faenas forestales o madereras, administrar personal para ejecutar trabajos para terceros en todo lo relacionado con la industria forestal y maderera, celebrar convenios y ejecutar todo tipo de actos comerciales de su giro, en los cuales se incluye toda clase de actos mercantiles conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales, y 3) En general, ejercer la actividad comercial en sus formas más amplias, por cuenta propia o ajena y la explotación de toda clase de negocios, representaciones, franquicias, establecimientos de comercio u otras formas de contratación; y la ejecución de todo acto relacionado directa o indirectamente con los giros mencionados y aquellos que acuerden o determinen los constituyentes en el futuro.-ADMINISTRACIÓN y USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIvonne Pilar Elgueta Cancino, Notario Público Suplente del Titular don José Antonio Martínez Demandes, de la Segunda Notaría de Cauquenes, según Decreto número sesenta y cuatro de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, Protocolizado con fecha treinta de junio del año en curso, con domicilio en calle Victoria número cuatrocientos cincuenta y nueve, Cauquenes, CERTIFICO: Por escritura pública de Saneamiento de fecha 15 de junio de 2020, ante mí, don ELVIS OSCAR REBOLLEDO ARELLANO, chileno, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ciento cuarenta y seis mil ciento ochenta y seis guion tres, soltero, abogado, domiciliado calle Maipú ochocientos noventa y siete, comuna y provincia de Cauquenes, el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con su cédula de identidad y expone que: PRIMERO. Antecedentes: Uno) Por escritura pública Repertorio Nº 123-2020, otorgada ante la Notario Público de Cauquenes, doña Ivonne Pilar Elgueta Cancino, suplente del titular don José Antonio Martínez Demandes, ya individualizado, de fecha veintisiete de enero del año dos mil veinte, doña Arlette Irlanda Mella Sánchez, y doña Margarita del Carmen Cancino Lara, convinieron contrato de sociedad comercial de responsabilidad limitada, de conformidad con las prescripciones de la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y de Comercio, que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en el contrato. Dos) No obstante lo anterior, a continuación de ello se omitió efectuar, dentro del plazo legal de sesenta días, la publicación del extracto respectivo y su posterior inscripción.- SEGUNDO. Saneamiento: En consideración a lo expuesto precedentemente y de conformidad con lo dispuesto en los artículos pertinentes de la Ley N° 3.918 sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada; por el presente instrumento, el compareciente, don Elvis Oscar Rebolledo Arellano,debidamente facultado al efecto por los socios, viene en sanear el vicio de inscripción oportuna de la sociedad en cuestión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 19.499, esto es, otorgando por este acto escritura pública de saneamiento y, procediendo a continuación y dentro del plazo legal, a su publicación e inscripción en el Registro de Comercio respectivo.- TERCERO. Extracto: El extracto cuyo saneamiento procede, es del siguiente tenor: “EXTRACTOIvonne Pilar Elgueta Cancino, Notario Público Suplente del Titular Don José Antonio Martínez Demandes, de la Segunda Notaría de Cauquenes, según Decreto del Juzgado de Letras de Cauquenes, protocolizado con fecha veintisiete de Enero del año en curso, con domicilio en calle Victoria número Cuatrocientos cincuenta y nueve, Cauquenes, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de Enero de 2020, ante mí, comparecen, doña ARLETTE IRLANDA MELLA SANCHEZ, C.I. N° 13.373.213-6, casada y separada totalmente de bienes, trabajadora independiente, domiciliada en Villa Las Estrellas, calle Llanquihue número sesenta y cuatro, comuna de Cauquenes; y doña MARGARITA DEL CARMEN CANCINO LARA, de nacionalidad chilena, C.I. N° 11.442.726-8, viuda, trabajadora independiente, domiciliada en Villa Esperanza Cuatro, Pasaje Uno número treinta y cinco, comuna de Cauquenes; ambas mayores de edad, constituyeron Sociedad Responsabilidad Limitada, regida Ley 3.918 y modificaciones, disposiciones pertinentes Código Comercio y Código Civil, y en especial por estatuto social.- RAZÓN SOCIAL y NOMBRE FANTASÍA: “SOCIEDAD DE SERVICIOS FORESTALES EL LUCERO LIMITADA”, nombre fantasía: “EL LUCERO LTDA.”. OBJETO: El objeto de la Sociedad de Responsabilidad Limitada será: 1) La prestación de todo tipo de servicios forestales, dentro y fuera del país, incluyendo entre dichos servicios y sin que sea una enumeración taxativa, servicios de transporte de carga de madera y todo lo que tenga relación con ésta, en vehículos propios, ajenos o tomados en arrendamiento, leasing u otra forma legal y/o encomendado a terceros, formación y cuidado de viveros, forestación o reforestación, plantación, administración de planes de manejo, cuidado de todo tipo de bosques, confección de cierros, cortafuegos, caminos, fajas, realización de podas, raleo y explotación de los mismos. 2) La elaboración, producción y comercialización de todo tipo de productos e insumos de la industria forestal o maderera, sin exclusión alguna, la compra y venta de bosques y maderas, el aserreo, elaboración y dimensionado, la venta de todo tipo de maderas, establecer o realizar la administración de aserraderos, barracas y todo tipo de industrias madereras destinadas a la obtención de productos, sea por cuenta propia o ajena, dar y prestar servicios forestales de corte de bosques en pie y de madera en general, realizar servicios forestales de impregnación y de toda índole, sea por cuenta propia o ajena, sea que se ejecuten en predios propios o ajenos, adquirir inmuebles forestales o de aptitud forestal, forestarlos o reforestarlos, crear y producir viveros de todo tipo de plantas y árboles, vender sus productos o aplicarlos a predios propios o ajenos, establecer representaciones de venta, arriendo o prestación de servicios, marcas, insumos o productos de la industria forestal o maderera, adquirir todo tipo de maquinarias de aptitud forestal o vehículos que se utilicen en faenas forestales o madereras, administrar personal para ejecutar trabajos para terceros en todo lo relacionado con la industria forestal y maderera, celebrar convenios y ejecutar todo tipo de actos comerciales de su giro, en los cuales se incluye toda clase de actos mercantiles conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales, y 3) En general, ejercer la actividad comercial en sus formas más amplias, por cuenta propia o ajena y la explotación de toda clase de negocios, representaciones, franquicias, establecimientos de comercio u otras formas de contratación; y la ejecución de todo acto relacionado directa o indirectamente con los giros mencionados y aquellos que acuerden o determinen los constituyentes en el futuro.-ADMINISTRACIÓN y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a doña Arlette Irlanda Mella Sánchez, con facultades pacto social.- CAPITAL: El capital social es la suma de CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000), cantidad que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción: Doña ARLETTE IRLANDA MELLA SÁNCHEZ la suma de quinientos mil pesos ($500.000), correspondiente al 10 % del capital común, y doña MARGARITA DEL CARMEN CANCINO LARA la suma de cuatro millones quinientos mil pesos ($4.500.000) pesos correspondiente al 90 % del capital común, enterándose en este acto de contado y en dinero efectivo en la caja social.- UTILIDADES y EVENTUALES PERDIDAS: Proporción aportes.- RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Limitada monto aportes.- DURACIÓN: Indefinida.- DOMICILIO: Cauquenes, sin perjuicio de sucursales o agencias en otras ciudades.- Demás estipulaciones escritura extractada. Cauquenes, 03 de Julio de 2020.