Instrumento
- Fecha
- 26 de junio de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es i) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena; ii) La compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; y iii) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 26 de junio de 2020, ante mí, don Rafael Rocha Ribas, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: "RR PARTNERSHIP SpA". Objeto: El objeto de la Sociedad es i) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena; ii) La compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; y iii) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Capital: El capital de la sociedad asciende al monto de $1.000.000.-, que se encuentra suscrito y por pagar en el plazo y forma que se expresa en el Artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 2 de julio de 2020.