INVERSIONES RODRIGUEZ Y ARANGUIZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de junio de 2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $125.998.518 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, con el objeto de administrarlos y percibir sus frutos sin restricción de ninguna especie, así como la realización de todos los actos y contratos necesarios y conducentes para el objeto antes señalado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Abogado, Notario Público de San Miguel, con oficio en Gran venida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, comuna de San Miguel, certifica que por escritura pública de fecha 16 de junio de 2020, ante mí, don Vladimir Aránguiz Arze-Vargas y doña Marcela Andrea Rodríguez Solís ambos domiciliados en calle Lomas de Montemar N° 344, comuna de Concón, Valparaíso, de paso por ésta, acordaron constituir la siguiente sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: INVERSIONES RODRIGUEZ Y ARANGUIZ LIMITADA, sin perjuicio de lo cual podrá usar también el nombre de fantasía "ROAR LTDA." para fines comerciales y publicitarios. Objeto: El objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, con el objeto de administrarlos y percibir sus frutos sin restricción de ninguna especie, así como la realización de todos los actos y contratos necesarios y conducentes para el objeto antes señalado. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otro punto de la República o en el extranjero. Duración: El plazo de duración de la sociedad será cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas. Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de $125.998.518.-, que los socios aportan en la siguiente forma y proporciones: A/ don Vladimir Aránguiz Arze-Vargas, aporta la cantidad de $97.483.970.-, que paga en este acto mediante el aporte en dominio pleno de un inmueble cuya individualización se señala en el Artículo Primero Transitorio de la presente escritura; y, B/ doña Marcela Andrea Rodríguez Solís, aporta la cantidad de $28.514.548.-, que pagará dentro del plazo de cinco años a contar de esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran. Administración y Uso de Razón Social: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Vladimir Aránguiz Arze-Vargas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 1 de julio de 2020.