MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRICOLA E INMOBILIARIA SANTA MAGDALENA LIMITADA

RUT 76302739-2 CVE 1781355
Fecha instrumento
18 de junio de 2020

Instrumento

Fecha
18 de junio de 2020
Notario
Hugo Monroy Foix
Domicilio
Quillota

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Hugo Monroy Foix, Notario Público Quillota, O’higgins 414, Quillota, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, RAMON EDUARDO HENAN MAZUELA BARROS , chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad y rol único tributario número tres millones novecientos ochenta y siete mil seiscientos cincuenta y tres guión uno, y doña MAGDALENA CEPEDA CARRETERO, chilena, casada bajo régimen de separación total de bienes con el anterior compareciente, labores de casa, mismo domicilio, cédula de identidad y rol único tributario número cuatro millones trescientos ochenta y cuatro mil doscientos veintidós guión seis, ambos domiciliados en Avenida Valparaíso número ciento noventa y uno, Villa Alemana,modificaron “SOCIEDAD AGRICOLA E INMOBILIARIA SANTA MAGDALENA LIMITADA”, cuyo rol único tributario es 76.302.739-2. Inscrita a a fojas 135 Vuelta número 143 del Registro de Comercio del año 2013 a cargo del Conservador de Bines Raíces de la comuna de Casablanca. Se deja constancia por los socios que el capital social conforme a la escritura de constitución ya señalada, es la suma de cinco millones de pesos. Modificaron cláusula tercera, relativa a la administración, antes de la letra “A”, sustituyendo la siguiente oración “La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá exclusivamente al socio don RAMON MAZUELA BARROS, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial en la celebración de los siguientes actos o contratos:”, por la siguiente: “La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá exclusivamente al socio don RAMON MAZUELA BARROS y, a falta de este, por cualquier causa, sea esta temporal o permanente, y sin que sea necesario acreditar ante terceros, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a la socia Doña MAGDALENA CEPEDA CARRETERO, ya individualizada, quienes, según sea el caso, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial en la celebración de los siguientes actos o contratos:”.En lo no modificado, quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Quillota a 18 de junio de 2020.