MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RECUPERADORA DE CARTUCHOS TONER EXPRESS LIMITADA

RUT 76048931-K CVE 1781448
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de febrero de 2009
Notaría
Talca

Instrumento

Fecha
2 de febrero de 2009
Notario
TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
Oficio
Quinta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, RODOLFO ANTONIO SANHUEZA GRANDON, domiciliado en calle 4 Poniente Nº 0349, villa Ecuador, de Talca; don MANUEL SEGUNDO ZÚÑIGA MUÑOZ; y don SERGIO ANTONIO ZÚÑIGA MUÑOZ, ambos domiciliados en sector Las Motas sin número, comuna de Longaví, modificaron la sociedad “RECUPERADORA DE CARTUCHOS TONER EXPRESS LIMITADA”, Rut Nº 76.048.931-K, constituida por escritura pública de fecha 02 de febrero de 2009, otorgada en la Notaría de Talca, don Ignacio Vidal Domínguez, extracto inscrito a fojas 197 Nº 94, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 2009 y publicado en el Diario Oficial de fecha 17 de febrero de 2009, con un capital de $3.000.000, en el siguiente sentido: 1.- Don Rodolfo Antonio Sanhueza Grandón vende, cede y transfiere, el total de sus derechos o acciones adquiridas sobre la sociedad, equivalentes al 50% del interés social a don Manuel Segundo Zúñiga Muñoz, quien los adquiere y acepta para sí. De esta manera don SERGIO ANTONIO ZÚÑIGA MUÑOZ y don MANUEL SEGUNDO ZÚÑIGA MUÑOZ quedan como únicos socios, con un 50% de participación cada uno. 2.- Los actuales socios los socios vienen en modificar los estatutos sociales en los siguientes términos: “La administración y el uso de la razón social con las facultades que se señalan, corresponderá exclusivamente a don SERGIO ANTONIO ZÚÑIGA MUÑOZ”, quien gozará de las facultades otorgadas en la cláusula cuarta de la escritura social. En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social constitutivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 02 de julio de 2020.