CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES MONOPOLY LIMITADA

CVE 1780869
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de junio de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2020
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
será la ciudad de Santiago
Duración
2 años renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifieste ponerle término con las formalidades señaladas en escritura extractada

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

corresponderá a María Begoña Aranzazu Urruticoechea Ríos y a Rodrigo Jaime Bezanilla Lafrentz, quienes actuando conjunta o indistintamente, la representarán con amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27 Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Por escritura pública del 16 de junio de 2020, ante mí: MARÍA BEGOÑA ARANZAZU URRUTICOECHEA RÍOS y RODRIGO JAIME BEZANILLA LAFRENTZ, ambos con domicilio en Parque Sur 12810, casa 4, Lo Barnechea, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “INVERSIONES MONOPOLY LIMITADA” con nombre de fantasía “MONOPOLY LIMITADA”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios, bienes corporales e incorporales, presentes o futuros, sin más limitaciones que la que establezcan los socios y su administración; b) La compra, venta, permuta, administración, enajenación, así como dar y tomar en arrendamiento, con o sin opción de compra, en toda clase de actos, operaciones y contratos, de toda clase de bienes raíces o muebles, derechos, acciones, valores mobiliarios, efectos de comercio y otros valores similares, participando en sociedades, cuotas en fondos mutuos y títulos de crédito en general, así como la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; c) Y, en general, la ejecución de todos los negocios relacionados con el ramo y que acordaren los socios, sea dentro del territorio nacional o en el extranjero. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Domicilio: será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. Administración y uso de la razón social: corresponderá a María Begoña Aranzazu Urruticoechea Ríos y a Rodrigo Jaime Bezanilla Lafrentz, quienes actuando conjunta o indistintamente, la representarán con amplias facultades. Capital: $1.000.000, que los socios pagan y enteran al contando y en dinero en efectivo, en acto de constitución social, como sigue: María Begoña Aranzazu Urruticoechea Ríos, $300.000.- y Rodrigo Jaime Bezanilla Lafrentz, $700.000.- Utilidades y pérdidas: conforme lo establecido en la escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: 2 años renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifieste ponerle término con las formalidades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de junio de 2020.