MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA VISTA TEATINOS SpA

RUT 77077173-0 CVE 1780082
Capital
$3.185.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de junio de 2020
Notaría
San Miguel de

Instrumento

Fecha
23 de junio de 2020
Repertorio
3022/2020
Notario
Jorge Reyes Bessone
Domicilio
San Miguel
Comuna
San Miguel de

Sociedad

Capital
$3.185.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, Comuna de San Miguel, certifica que: por escritura pública de fecha 23 de junio de 2020, repertorio 3022/2020, ante mí, Inversiones Jara Alcalde SpA y Fondo de Inversión Privado Centro de Santiago, en su calidad de únicos accionistas según registro de accionistas tenido a la vista de la sociedad “INMOBILIARIA VISTA TEATINOS SpA”, acordaron lo siguiente: (i) Resciliar el aumento del capital de fecha 5 de diciembre 2019, el cual ascendió a la suma de $3.185.000.000, dejando sin efecto la emisión de 3.786.010 nuevas acciones de pago, generadas con ocasión de éste. Dicho aumento de capital fue acordado mediante escritura pública de fecha 5 diciembre 2019, otorgada en la Notaría de San Miguel de don Jorge Reyes Bessone, cuyo extracto fue inscrito a fojas 96.662, número 47.458 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2019, y publicado en el Diario Oficial de fecha 12 diciembre 2019; (ii) Restablecer como capital de la Sociedad, a esta fecha, la suma de $399.239.417, dividido en 474.576 acciones iguales, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por sus accionistas de la siguiente manera: Inversiones Jara Alcalde SpA, con 474.576 acciones suscritas y pagadas; (iii) Dejar constancia que, producto de lo anterior, Fondo de Inversión Privado Centro de Santiago deja de tener la calidad de accionista de la Sociedad; (iv) En consecuencia, se restituyen a Fondo de Inversión Privado Centro de Santiago los bienes aportados por éste en pago del aumento de capital dejado sin efecto; y, (v) Como consecuencia de la resciliación, se aprobó reemplazar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de sociales, en tal sentido. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 26 de junio de 2020.