MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA,CONSTRUCTORA Y TURISMO SPA NONGUEN LIMITADA

RUT 76818163-2 CVE 1780493
Capital
$2.500.000 CLP
Fecha instrumento
8 de mayo de 2020

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2020
Notario
MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
Oficio
6° notaría Concepción

Sociedad

Capital
$2.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público 6° notaría Concepción, Colo-Colo 304, Certifica. Que por escritura pública de fecha 08/05/2020, Rep.N°1.936/2020, ante mí, RAUL ENRIQUE PEÑA GRANADINO, empleado, con domicilio en Talcahuano, calle Las Encinas 216, Villa San Martín, BRAYAM ALEXANDER LUNA VILLARROEL, empresario, con domicilio en Concepción, calle 30 de Octubre 850, Villa Nonguen, y MARCELO SALVADOR MEDINA ROBLES, empleado, con domicilio en Talcahuano, calle Volcán Osorno 597 Las Salinas, vienen en modificar la sociedad “INMOBILIARIA,CONSTRUCTORA Y TURISMO SPA NONGUEN LIMITADA”, RUT N° 76.818.163-2, constituida por escritura pública de fecha 22/08/2017, otorgada ante mi, cuyo extracto se inscribió a fojas 2223v N° 1764 del Registro de Comercio de Concepción, año 2017, publicada en el diario oficial de la República de Chile, con fecha 02/10/2017. Modificación consiste: Que RAUL ENRIQUE PEÑA GRANADINO, vende, cede y transfiere a MARCELO SALVADOR MEDINA ROBLES, la totalidad de los derechos que aquella tenía en el haber social de la sociedad individualizada en la cláusula primera de esta escritura y que corresponde al 50% del capital social. por el precio de $2.500.000.- Como consecuencia de esta cesión antes señalada, los únicos socios de la sociedad “Inmobiliaria, Constructora y Turismo SPA Nonguen Limitada”, en lo sucesivo son, BRAYAM ALEXANDER LUNA VILLARROEL, con un 50%del capital social y MARCELO SALVADOR MEDINA ROBLES, con un 50% del capital social. Además, vienen en modificar la cláusula cuarta de los estatutos de la sociedad, en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá a MARCELO SALVADOR MEDINA ROBLES y BRAYAM ALEXANDER LUNA VILLARROEL, quienes actuando en forma conjunta o separada y anteponiendo la razón social a sus firmas la representaran con las más amplias facultades que por esta vía, de ejemplo se indicaron en la cláusula cuarta de la escritura de constitución de esta sociedad. CAPITAL: $5.000.000, que se encuentra enterado y pagado en caja social. Las demás estipulaciones del estatuto de la sociedad que no se modifican por el presente instrumento permanecerán intactas. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 26 de Junio de 2020.-vvl.