MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DEISA GESTIÓN LIMITADA

RUT 76445404-9 CVE 1779972
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
23 de junio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de junio de 2020
Notario
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 23/06/2020, Repertorio número 8.159/2020, ante mí, VIVIANA DEL CARMEN MARTÍNEZ MAZIERES; GONZALO GUILLERMO SANTOLAYA DE PABLO; GONZALO MATÍAS SANTOLAYA MARTÍNEZ; CRISTÓBAL IGNACIO SANTOLAYA MARTÍNEZ; JOSEFINA DEL PILAR SANTOLAYA MARTÍNEZ, y JOSÉ TOMÁS SANTOLAYA MARTÍNEZ, todos domiciliados en calle Alonso de Córdova 4355, Oficina 601, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad DEISA GESTIÓN LIMITADA, inscrita a Fj. 52.833 N. 28.809 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2016, en lo siguiente: (1) Se acordaron las siguientes cesiones de derechos sociales: a) don Gonzalo Guillermo Santolaya De Pablo cedió el 1 por ciento del total de derechos sociales, a don José Tomás Santolaya Martínez, en 699.551 pesos, pagados en el acto; b) doña Viviana del Carmen Martínez Mazieres cedió el 1 por ciento del total de derechos sociales a don José Tomás Santolaya Martínez, en 699.551 pesos, pagados en el acto; c) don Gonzalo Matías Santolaya Martínez cedió el 0,75 por ciento del total de derechos sociales a don José Tomás Santolaya Martínez, en 524.663 pesos, pagados en el acto; d) don Cristóbal Ignacio Santolaya Martínez cedió el 0,75 por ciento del total de derechos sociales a don José Tomás Santolaya Martínez, en 524.663 pesos, pagados en el acto; y e) doña Josefina del Pilar Santolaya Martínez cedió el 0,75 por ciento del total de derechos sociales a don José Tomás Santolaya Martínez, en 524.663 pesos, pagados en el acto. (2) Como consecuencia de las cesiones, se modificó la cláusula del estatuto relativa al capital, estableciendo que éste asciende a la suma de 1.000.000 de pesos, el cual ha sido aportado de la siguiente manera: a) don Gonzalo Guillermo Santolaya De Pablo ha aportado la suma de 165.000 pesos, correspondientes al 16,5 por ciento de los derechos sociales; b) doña Viviana del Carmen Martínez Mazieres ha aportado la suma de 165.000 pesos, correspondientes al 16,5 por ciento de los derechos sociales; c) don Gonzalo Matías Santolaya Martínez ha aportado la suma de 217.500 pesos, correspondientes al 21,75 por ciento de los derechos sociales; d) don Cristóbal Ignacio Santolaya Martínez ha aportado la suma de 117.500 pesos, correspondientes al 11,75 por ciento de los derechos sociales; e) doña Josefina del Pilar Santolaya Martínez ha aportado la suma de 167.500 pesos, correspondientes al 16,75 por ciento de los derechos sociales y, f) don José Tomás Santolaya Martínez ha aportado la suma de 167.500 pesos, correspondientes al 16,75 por ciento de los derechos sociales. Las demás menciones constan en la escritura extractada. Junio 25 de 2020. nrs.-