Consultores y Auditores Bravo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2020
- Repertorio
- 8552-2020
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago con oficio en calle Huérfanos 941
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- Capital: $500.000, que fueron aportados de la siguiente manera: A) Giovanni Jesús Bravo Castro aporta la suma de $150.000, correspondiente al 30% de los derechos sociales, y; B) Genesis Guisselle Melillán Gutiérrez aporta la suma de $350.000, correspondiente al 70% de los derechos sociales en este acto. El capital se encuentra totalmente pagado e ingresado en caja social, a entera satisfacción de los
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad es de 10 años, contados desde esta fecha. A su vencimiento, este plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner fin al contrato, mediante declaración formulada por escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio y se anotará al margen de la inscripción del extracto del contrato social con 90 días de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período
Objeto social
El objeto social será: a)La prestación de servicios profesionales de Contabilidad y Auditoría; b) Asesorías contables, tributarias, financieras, administrativas y laborales, Auditorías operativas y de gestión; c)Diseño e implementación de sistemas de control interno; d) Organizar y dictar cursos de capacitación; e) Efectuar selección de personal para terceros; f) Efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras, y toda otra actividad conexa o relacionada y que los socios acuerden, sin perjuicio de poder ejecutar todas aquellas actividades que, en la actualidad o en el futuro, de cualquier manera, se encuentre relacionada con el giro social. Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago con oficio en calle Huérfanos 941, oficina 302, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 19 de junio de 2020, repertorio N° 8552-2020, ante mí, comparecen: GIOVANNI JESÚS BRAVO CASTRO, C.I. 17.662.610-0 y, GENESIS GUISSELLE MELILLÁN GUTIÉRREZ, C.I 18.276.292-K, ambos domiciliados en Unión Ferroviaria N°3872, Pedro Aguirre Cerda, Santiago, constituyen sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: ”CONSULTORES Y AUDITORES BRAVO LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “BRAVO Y SOCIADOS LTDA.”; Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros puntos del país o el extranjero. Objeto: El objeto social será: a)La prestación de servicios profesionales de Contabilidad y Auditoría; b) Asesorías contables, tributarias, financieras, administrativas y laborales, Auditorías operativas y de gestión; c)Diseño e implementación de sistemas de control interno; d) Organizar y dictar cursos de capacitación; e) Efectuar selección de personal para terceros; f) Efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras, y toda otra actividad conexa o relacionada y que los socios acuerden, sin perjuicio de poder ejecutar todas aquellas actividades que, en la actualidad o en el futuro, de cualquier manera, se encuentre relacionada con el giro social. Administración y uso razón social: corresponderá a los socios Giovanni Jesús Bravo Castro y Genesis Guisselle Melillán Gutiérrez, actuando conjunta o separadamente con amplias facultades, anteponiendo sus firmas a la razón social o nombre de fantasía. Capital: $500.000, que fueron aportados de la siguiente manera: A) Giovanni Jesús Bravo Castro aporta la suma de $150.000, correspondiente al 30% de los derechos sociales, y; B) Genesis Guisselle Melillán Gutiérrez aporta la suma de $350.000, correspondiente al 70% de los derechos sociales en este acto. El capital se encuentra totalmente pagado e ingresado en caja social, a entera satisfacción de los socios. Los Socios limitan responsabilidad a monto respectivos aportes. Duración: La duración de la sociedad es de 10 años, contados desde esta fecha. A su vencimiento, este plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner fin al contrato, mediante declaración formulada por escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio y se anotará al margen de la inscripción del extracto del contrato social con 90 días de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago, 19 de junio de 2020. Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público.