Instrumento
- Fecha
- 25 de junio de 2020
- Notario
- ANGELICA CASTRO GUTIERREZ
- Oficio
- Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz don Jorge Carvallo Velasco
- Comuna
- Santa Cruz don Jorge Carvallo Velasco
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- la ciudad de Santa Cruz
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Actividades de poscosecha, corretaje, intermediación, la compra, venta, exportación, importación, comercialización, distribución, comisión y consignación, ya sea por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de materiales para la construcción; productos agrícolas, ya sean frescos, en frío o congelados y todos los productos derivados de la producción agrícola, frutícola y)o hortícola; y, todo tipo y clase de frutas, frutos del país y alimentos de cualquier tipo y naturaleza y en cualquier estado o etapa de elaboración, fabricación o desarrollo, ya sea al por mayor o al detalle.- Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar toda clase de actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANGELICA CASTRO GUTIERREZ, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz don Jorge Carvallo Velasco, con oficio en Claudio Cancino 60, certifico: por escritura pública hoy ante mí, BERTA GEORGINA MILLA FARÍAS y CARLOS RODOLFO MILLA AHUMADA, ambos domiciliados en Chomedahue sin número, comuna de Santa Cruz, constituyeron sociedad por acciones con Razón social: “SOCIEDAD POS-AGRO SpA”, pudiendo actuar también con el nombre de fantasía “POS-AGRO SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: Actividades de poscosecha, corretaje, intermediación, la compra, venta, exportación, importación, comercialización, distribución, comisión y consignación, ya sea por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de materiales para la construcción; productos agrícolas, ya sean frescos, en frío o congelados y todos los productos derivados de la producción agrícola, frutícola y/o hortícola; y, todo tipo y clase de frutas, frutos del país y alimentos de cualquier tipo y naturaleza y en cualquier estado o etapa de elaboración, fabricación o desarrollo, ya sea al por mayor o al detalle.- Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar toda clase de actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $15.000.000.-, dividido en 300 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor, que se suscriben y pagan de la forma que señalan en el artículo primero transitorio del pacto social. Duración: La sociedad comenzará sus operaciones con esta fecha y su duración será indefinida. Domicilio: la ciudad de Santa Cruz, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o establecimientos que instale en otros puntos del país o el extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santa Cruz, 25 de Junio del año 2020.