Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2020
- Repertorio
- 8709-2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Carlos Ignacio García Jiménez | socio | 14286534-3 | — | — | |
| Cristián Andrés Labra Riquelme | representante | 10357566-4 | — | — | |
| GRAN CAPITAL SpA | socio | 76967703-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular Octava Notaría de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de junio de 2020, repertorio N° 8709-2020, ante mí don Carlos Ignacio García Jiménez, C.N.I. N° 14.286.534-3, y don Cristián Andrés Labra Riquelme, C.N.I. N° 10.357.566-4, en representación de GRAN CAPITAL SpA, R.U.T. N° 76.967.703-8 todos domiciliados para estos efectos en Av. Apoquindo N° 5.681, local 42, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”, conforme lo establecido en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, la cual se regirá para todos los efectos legales por sus estatutos, y en lo no previsto por ellos y, sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza y sus estatutos, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “GRAN CAPITAL II SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La realización de toda clase de inversiones, en todo tipo de bienes, materiales e inmateriales, muebles o inmuebles, acciones, derechos, títulos, cuotas y en todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, su administración, su explotación y la percepción de sus frutos; b) Construir por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones, construcciones y obras de cualquier naturaleza, administrarlas, explotarlas y/o enajenarlas a cualquier título; c) La planificación, gestión, desarrollo y explotación de todo tipo de proyectos inmobiliarios; la realización de loteos, urbanizaciones, ya sea por cuenta propia o de terceros de toda clase de predios urbanos o rústicos de propiedad de la Sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos, medierías u otros; d) La administración de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; e) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter inmobiliario, comercial, financiero y económico; y f) La realización de actos y negocios que los accionistas de común acuerdo decidan, incluyendo la participación en sociedades o comunidades de cualquier tipo o naturaleza.- Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por el constituyente. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de junio de 2020.