TRANSPORTES DIMAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2020
- Repertorio
- 1393-2020
- Notario
- HUGO PATRICIO MONROY FOIX
- Domicilio
- Quillota
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| DANIELA STEFANY ESCOBILLANA TORRES | socio | 15830089-3 | — | — | |
| DAVID PEDRO ESCOBILLANA GALLARDO | socio | 8760528-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUGO PATRICIO MONROY FOIX, Abogado, Notario Público de Quillota, con oficio en esta ciudad, calle O´Higgins N° 414, certifico: por escritura pública de fecha 19 de Junio de 2020, repertorio 1393-2020, ante mí, doña DANIELA STEFANY ESCOBILLANA TORRES, RUT N°15.830.089-3, domiciliada en Villa Hermano Bonifacio, pasaje Hermano Luis Ibáñez N° 2032, comuna de Quillota, representada por don Eugenio Germán Escobillana Gallardo, RUT N° 7.291819-3, domiciliado en Bernardino Concha N° 1265, comuna de Quillota, cede y transfiere la totalidad de sus derechos o acciones adquiridos sobre la sociedad equivalentes al UNO POR CIENTO DEL INTERES SOCIAL de la sociedad de responsabilidad limitada “TRANSPORTES DIMAR LIMITADA”, RUT N° 76.685.997-6, con un capital de $10.000.000 de pesos, constituida con fecha 27 de enero de 2017 por escritura pública suscrita ante el Notario Público de Viña del Mar, doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, inscrita a fojas 40, N° 31 del Registro de Comercio del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Quillota, a don DAVID PEDRO ESCOBILLANA GALLARDO, RUT N° 8.760.528-0, domiciliado en Inés Puyó N° 1680, Villa El Sendero, comuna de Quillota, quien los adquiere y acepta para sí. Comparece autorizando la presente cesión de derechos la socia doña SUSANA DOLORES MARÓN TAPIA, RUT N° 6.901.0472-0, domiciliada en Inés Puyó n° 1680, Villa El Sendero, comuna de Quillota otorgando autorización a los comparecientes para la cesión y transferencia de los derechos sociales indicados, otorgando además el más amplio y completo finiquito al respecto. Además, se modifica la cláusula cuarta de los Estatutos Sociales en lo relativo a la representación legal y uso de la razón social; La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña SUSANA DOLORES MARÓN TAPIA, ya individualizada, quien actuando por la Sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las facultades señaladas en la escritura extractada, cesando en este acto la administración y uso de la razón social de don EUGENIO GERMÁN ESCOBILLANA GALLARDO, Rut N° 7.291.819-3. En todo lo demás rige el pacto social anterior u original. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Quillota, 22 de junio 2020.