GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA DE ORIGEN HIDRAULICO, EOLICO, GEOMETRICO O DE OTRAS FUENTES JOSE ARTURO IRACHETA CARTES E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2012
- Notario
- TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
- Oficio
- Quinta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $6.406.400 CLP
- Domicilio
- la ciudad de Talca
- Duración
- la sociedad empezará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de 5 años, prorrogable en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno
Objeto social
El objeto de la empresa será la generación de energía eléctrica de origen hidráulico, eólico, geotérmico o de otras fuentes; y en general realizar toda otra actividad relacionada con el objeto principal de la empresa;
Administración
corresponderá a don JOSE ARTURO IRACHETA CARTES, quien representará a la sociedad, con amplias facultades;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, don JOSE ARTURO IRACHETA CARTES, chileno, divorciado, empresario, de 72 años de edad, cédula nacional de identidad Nº 6..022.113-8, domiciliado en 2 Norte Nº 3.685, Talca, único accionista y representante de “GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA DE ORIGEN HIDRAULICO, EOLICO, GEOMETRICO O DE OTRAS FUENTES JOSE ARTURO IRACHETA CARTES E.I.R.L”; doña PAULA ANDREA IRACHETA PAROT y don ARTURO NICOLAS LAING IRACHETA, ambos domiciliados en Parcela 103, el porvenir, de la ciudad de Talca; modifican y transforman: “GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA DE ORIGEN HIDRAULICO, EOLICO, GEOMETRICO O DE OTRAS FUENTES JOSE ARTURO IRACHETA CARTES E.I.R.L.”, Rut Nº 76.347.925-0, constituida por escritura pública de 27 de febrero de 2012, ante Notario de la ciudad de Talca don Héctor Manuel Ferrada Escobar, extracto inscrito a fojas 591 Nº 273 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año 2012, y se publicó en el diario oficial de 23 de marzo de 2012, en el siguiente sentido: CESIONES DE DERECHOS SOCIALES: A) Por el presente instrumento don JOSE ARTURO IRACHETA CARTES vende, cede y transfiere el 80% de los derechos sociales que le corresponden en la empresa, a doña PAULA ANDREA IRACHETA PAROT y a don ARTURO NICOLAS LAING IRACHETA quienes compran, aceptan y adquieren para sí, los referidos derechos, en proporción de un 40% para cada uno. TRANSFORMACION: don JOSE ARTURO IRACHETA CARTES en su calidad de dueño de la empresa individual de responsabilidad limitada, la transforma en una sociedad de responsabilidad limitada, que producto de las cesiones de derechos indicadas precedentemente, queda conformada por don JOSE ARTURO IRACHETA CARTES, don ARTURO NICOLAS LAING IRACHETA y doña PAULA ANDREA IRACHETA PAROT; la cual se regirá por los estatutos que extractan: Razón social: GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA DE ORIGEN HIDRAULICO, EOLICO, GEOMETRICO O DE OTRAS FUENTES JOSE ARTURO IRACHETA CARTES LIMITADA”; Nombre fantasía: ELECTRICIDAD SIETE TAZAS JOSE ARTURO IRACHETA CARTES LTDA; Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social: corresponderá a don JOSE ARTURO IRACHETA CARTES, quien representará a la sociedad, con amplias facultades; Objeto: El objeto de la empresa será la generación de energía eléctrica de origen hidráulico, eólico, geotérmico o de otras fuentes; y en general realizar toda otra actividad relacionada con el objeto principal de la empresa; Capital: $6.406.400.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: 1.- Doña PAULA ANDREA IRACHETA PAROT, la suma de $2.562.560, que corresponden al 40% del capital social; 2.- Don ARTURO NICOLAS LAING IRACHETA, la suma de $2.562.560, que corresponden al 40% del capital social; y 3.- Don JOSE ARTURO IRACHETA CARTES, la suma de $1.281.280, que corresponden al 20% del capital social.- El capital que se encuentra totalmente suscrito y pagado por los socios en dinero efectivo; Duración: la sociedad empezará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de 5 años, prorrogable en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno; Domicilio: la ciudad de Talca, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Demás estipulaciones escritura extractada.- Talca, 23 de junio de 2020.-