EDUCACION MARIO CABRERA AGUILA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 19 de mayo de 2020
- Repertorio
- 1358/2020
- Notario
- DANIEL V. MONDACA PEDRERO
- Oficio
- 5 Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Domicilio
- La empresa fija su domicilio en la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Será: UNO) Impartir educación especial, como también educación en distintos niveles, prekínder, kínder, básico, medio, centro de formación técnica, institutos profesionales, preuniversitarios, universitarios, establecer salas cunas o jardines infantiles; la creación, mantención y administración de bibliotecas, internados, recintos deportivos, pudiendo utilizar sistemas de subsidio estatal o fiscal, financiamiento compartido o privado, y cualquier otro negocio relacionado con lo anterior.- DOS) a) la creación, administración y dirección de establecimientos educacionales, jardines infantiles, guarderías, salas cunas; b) el desarrollo y perfeccionamiento de proyectos educacionales en todos sus niveles, para lo cual la sociedad podrá capacitar por cuenta propia o ajena, como asimismo asesorar, impartir talleres, conferencias, seminarios y en general, cualquier entidad o programa de docencia, difusión y)o extensión; c) formar parte de corporaciones o fundaciones existentes o que se formen de acuerdo con Decreto Supremo número ciento diez, del Ministerio de Justicia; y d) celebrar convenios con sociedad educacionales, chilenas o extranjeras, para los fines indicados; y el desarrollo de toda otra actividad que los socios acuerden
Administración
Corresponderá exclusivamente al constituyente, quien la representa judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, con amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDANIEL V. MONDACA PEDRERO, Notario Público Titular 5 Notaría de Rancagua, Av. General José de San Martín 255, certifica: Por escritura pública fecha 19.05.2020, repertorio 1358/2020, ante mí; don MARIO ALBERTO CABRERA AGUILA, chileno, casado, ingeniero en minas, 47 años de edad, C.I. N°10.521.890-7, domiciliado en Ignacio Valdivieso 2231, comuna de san Joaquín, Santiago, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada al monto de su aporte.- Nombre: “EDUCACION MARIO CABRERA AGUILA E.I.R.L.”, nombre de fantasía “HAZIEL E.I.R.L.”.- Objeto: Será: UNO) Impartir educación especial, como también educación en distintos niveles, prekínder, kínder, básico, medio, centro de formación técnica, institutos profesionales, preuniversitarios, universitarios, establecer salas cunas o jardines infantiles; la creación, mantención y administración de bibliotecas, internados, recintos deportivos, pudiendo utilizar sistemas de subsidio estatal o fiscal, financiamiento compartido o privado, y cualquier otro negocio relacionado con lo anterior.- DOS) a) la creación, administración y dirección de establecimientos educacionales, jardines infantiles, guarderías, salas cunas; b) el desarrollo y perfeccionamiento de proyectos educacionales en todos sus niveles, para lo cual la sociedad podrá capacitar por cuenta propia o ajena, como asimismo asesorar, impartir talleres, conferencias, seminarios y en general, cualquier entidad o programa de docencia, difusión y/o extensión; c) formar parte de corporaciones o fundaciones existentes o que se formen de acuerdo con Decreto Supremo número ciento diez, del Ministerio de Justicia; y d) celebrar convenios con sociedad educacionales, chilenas o extranjeras, para los fines indicados; y el desarrollo de toda otra actividad que los socios acuerden.- Capital: Será la suma de seis millones de pesos, que aporta el constituyente la suma de dos millones, y el saldo de cuatro millones a medida que la caja social lo requiera, en un plazo de dos años.- Administración: Corresponderá exclusivamente al constituyente, quien la representa judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, con amplias facultades de administración y disposición.- Domicilio: La empresa fija su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero.- Duración: La empresa empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá duración indefinida.- La responsabilidad del constituyente se limita hasta la concurrencia del monto del respectivo aporte de capital. Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 19 de mayo de 2020.-