MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD CONSTRUCTORA GONZALEZ LOAIZA LIMITADA

RUT 76278958-2 CVE 1776649
Fecha instrumento
8 de junio de 2020

Instrumento

Fecha
8 de junio de 2020
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifica: por escritura fecha 08 de Junio de 2020, ante mí, JOSE IGNACIO GONZALEZ LOAIZA, chileno, Ingeniero Constructor, divorciado, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos sesenta y un mil setecientos cincuenta y siete guión seis, domiciliado en Hans Bonert numero mil ciento cincuenta y uno, Villa Las Condes de la comuna de Temuco y ALBERTO JAVIER GONZALEZ LOAIZA, chileno, Ingeniero Constructor, soltero, cedula de identidad número quince millones quinientos cincuenta y un mil trescientos guion cuatro, domiciliado en Camino Botrolhue numero mil ciento veintidós, casa ochenta y uno de la comuna de Temuco; expusieron: Que por escritura pública de fecha veintiuno de junio de dos mil trece, ante Notario Público de Temuco don Jorge Elias Tadres Hales, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD CONSTRUCTORA GONZALEZ LOAIZA LIMITADA” Rol único Tributario número setenta y seis millones doscientos setenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho guion dos. La referida sociedad se inscribió a fojas mil quinientos cuarenta y ocho, bajo el número mil doscientos dieciocho, del Registro de Comercio del año dos mil trece, del primer Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Temuco y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número cuarenta mil quinientos noventa y seis, de fecha veintiocho de junio de dos mil trece. Modificaciones: Por escritura Pública de fecha uno de diciembre del año dos mil diecisiete ante el Notario de Temuco don Jorge Elias Tadres Hales se modifico la citada sociedad, inscribiéndose dicha modificación a fojas mil setecientos veinticuatro, bajo el número mil cuarenta y ocho del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil diecisiete y se publico en el diciembre del año dos mil diecisiete. PRESENTE AUMENTO DE CAPITAL. Los socios, don JOSE IGNACIO GONZALEZ LOAIZA y don ALBERTO JAVIER GONZALEZ LOAIZA, en acto escritura y por presente instrumento extractado vienen en modificar la cláusula quinta del pacto social en el sentido de aumentar el capital social en la suma de ciento veintisiete millones seiscientos nueve mil ochocientos sesenta y cuatro pesos, de manera que el capital social más el aumento, queda en ciento cuarenta y siete millones cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos, estos últimos se conforma de la siguiente forma, la sociedad poseía un capital social de diecinueve millones trescientos noventa y cinco mil novecientos noventa y cinco pesos, que se encontraban enterado y pagados más el aumento de ciento veintisiete millones seiscientos nueve mil ochocientos sesenta y cuatro pesos, queda un capital social de ciento cuarenta y siete millones cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos. Como consecuencia del aumento de capital antes mencionado el capital social asciende a la suma de ciento cuarenta y siete millones cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos, y el aumento de los ciento veintisiete millones seiscientos nueve mil ochocientos sesenta y cuatro pesos, los socios aportan en la siguiente forma: Don JOSE IGNACIO GONZALEZ LOAIZA la suma de sesenta y tres millones ochocientos cuatro mil novecientos veinticinco pesos que entera en acto escritura en dinero efectivo a la caja social y Don ALBERTO JAVIER GONZALEZ LOAIZA la suma de sesenta y tres millones ochocientos cuatro mil novecientos treinta y nueve pesos que entera en acto escritura, en dinero efectivo a la caja social. Los socios interesados en la sociedad acuerdan por acto escritura ratificar el pacto social en todo lo que no aparezca modificado, de manera que en lo demás, la sociedad continuará rigiéndose según las cláusulas señaladas en su escritura de constitución. Demás estipulaciones escritura extractada. Temuco, 12 de Junio de 2020.