Agricola Sutil S.A.
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRaúl Undurraga Laso, Notario Titular Notaría Nº29 de Santiago con domicilio en Mac Iver Nº225, Oficina 302, certifico que con fecha 30 de abril de 2020 se redujo a escritura pública, ante mí, el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de AGRÍCOLA SUTIL S.A., celebrada, en presencia mía, con igual fecha, en que se acordó, entre otras materias, lo siguiente: I. Aprobar fusión por incorporación con sociedad Agrícola San Jorge S.A. la cual será absorbida por AGRICOLA SUTIL S.A., siendo ésta la continuadora y sucesora en sus derechos y obligaciones e incorporándose a AGRÍCOLA SUTIL S.A. la totalidad de los accionistas, activos y pasivos de AGRÍCOLA SAN JORGE S.A., la cual se disolverá. II. Aumentar capital de AGRÍCOLA SUTIL S.A. para materializar fusión desde suma actual de seis mil novecientos cincuenta y cuatro millones cuatrocientos trece mil seiscientos siete pesos, dividido en dos millones doscientos ochenta y cinco mil novecientas noventa y cuatro acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal a la suma de siete mil doscientos catorce millones trescientos veintitrés mil dieciséis pesos, dividido en dos millones doscientas noventa y seis mil trescientas ochenta acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. El aumento de capital se enterará y pagará mediante emisión de diez mil trescientas ochenta y seis nuevas acciones de pago, ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se pagarán con la totalidad del activo, pasivo y patrimonio de AGRICOLA SAN JORGE S.A. III. Aprobar modificación de estatutos de AGRÍCOLA SUTIL S.A: (i) Se sustituye el artículo referido al capital de los estatutos sociales por el siguiente, correspondiente al artículo Quinto de los nuevos estatutos refundidos: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la sociedad es la suma de siete mil doscientos catorce millones trescientos veintitrés mil dieciséis pesos, dividido en dos millones doscientas noventa y seis mil trescientas ochenta acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una única serie y de igual valor cada una, que se suscribe, entera y paga en la forma que establece el artículo primero transitorio de estos estatutos.” (ii) Se sustituye el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente, correspondiente al artículo Primero Transitorio de los nuevos estatutos refundidos: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital de la sociedad de siete mil doscientos catorce millones trescientos veintitrés mil dieciséis pesos, dividido en dos millones doscientas noventa y seis mil trescientas ochenta acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, se entera y paga de la siguiente forma: a) Con la cantidad de seis mil novecientos cincuenta y cuatro millones cuatrocientos trece mil seiscientos siete pesos, representado por dos millones doscientos ochenta y cinco mil novecientas noventa y cuatro acciones, íntegramente suscrito y pagado, al día 30 de abril de 2020; y b) con doscientos cincuenta y nueve millones novecientos nueve mil cuatrocientos nueve pesos, representados por diez mil trescientas ochenta y seis acciones correspondiente al aumento de capital acordado en junta extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 30 de abril de 2020, según acuerdo de fusión allí adoptado, enterándose dichas acciones con cargo al patrimonio de la sociedad absorbida Agrícola San Jorge S.A., y distribuyéndose las acciones entre los accionistas de la Sociedad Absorbida, según la relación de canje pactada en dicha junta. Este aumento de capital queda enterado con cargo al patrimonio de la sociedad absorbida que se incorpora en virtud de la referida fusión.” (iii) Se sustituye artículos Segundo, Tercero y Cuarto Transitorio y se elimina artículo Quinto Transitorio, todos cuyas materias no son propias de extracto. IV. Aprobar estatutos refundidos de AGRICOLA SUTIL S.A. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Raúl Undurraga Laso, Santiago, 30 de abril de 2020.