Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2020
- Repertorio
- 11660-2020
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
/a) La compra, venta, adquisición, enajenación, comercialización, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos, bienes y mercaderías; /b) La elaboración, distribución, comercialización, importación y exportación de productos para vehículos de todo tipo c) El arrendamiento, por cuenta propia o ajena de toda clase de automóviles, camiones, maquinarias agrícolas, industriales o de cualquier clase y de vehículos motorizados en general, como asimismo, la intermediación en tales arriendos y la presentación de servicios vinculados a ellos; d) el arriendo, subarriendo, arrendamiento, compra y venta de locales o establecimientos comerciales /e) la prestación de servicios de bodegaje, frio, guarda, almacenamiento y secado de todo tipo de productos, estén o no relacionados con el objeto social; /f) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones y otras entidades con fines de lucro; /g) la prestación de servicios, asesorías y consultorías técnicas o profesionales en materias de mecánica automotriz, comerciales, financieras, de comercio exterior, administrativas, inmobiliarias, y /h) realizar todo los demás negocios o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las operaciones anteriores. Para la consecución de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y para ello podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clases de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, así como su arrendamiento, subarrendamiento o mera tenencia a cualquier otro título; comprar o adquirir otras sociedades o sus activos y)o participar como socia de otras sociedades de cualquier naturaleza, ya sea que actualmente existan o se constituyan a futuro; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios y pertinentes a los fines antes indicados, o tendientes al desarrollo del objeto social, sea en el país o en el extranjero
Administración
La administración y representación de la sociedad le corresponderá a doña PAOLA CAROLINA ERNST CASTRO y a don ZIAD BECHARA SARKIS, quienes actuando conjunta o individual e indistintamente, conforme a las facultades establecidas en la cláusula décimo cuarta de los estatutos sociales, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, lo que no es necesario acreditar frente a terceros, estarán investidas de todas las facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 09 de Junio de 2020, Repertorio N° 11.660-2020, ante mí, PAOLA CAROLINA ERNST CASTR O, domiciliada para estos efectos en Los Refugios del Arrayán N° 17.770 , Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones. Razón Social: “ZS KENNEDY SpA”, nombre fantasía: “ZS MOTORS SpA”. Objeto: /a/ La compra, venta, adquisición, enajenación, comercialización, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos, bienes y mercaderías; /b/ La elaboración, distribución, comercialización, importación y exportación de productos para vehículos de todo tipo c) El arrendamiento, por cuenta propia o ajena de toda clase de automóviles, camiones, maquinarias agrícolas, industriales o de cualquier clase y de vehículos motorizados en general, como asimismo, la intermediación en tales arriendos y la presentación de servicios vinculados a ellos; d) el arriendo, subarriendo, arrendamiento, compra y venta de locales o establecimientos comerciales /e/ la prestación de servicios de bodegaje, frio, guarda, almacenamiento y secado de todo tipo de productos, estén o no relacionados con el objeto social; /f/ la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones y otras entidades con fines de lucro; /g/ la prestación de servicios, asesorías y consultorías técnicas o profesionales en materias de mecánica automotriz, comerciales, financieras, de comercio exterior, administrativas, inmobiliarias, y /h/ realizar todo los demás negocios o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las operaciones anteriores. Para la consecución de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y para ello podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clases de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, así como su arrendamiento, subarrendamiento o mera tenencia a cualquier otro título; comprar o adquirir otras sociedades o sus activos y/o participar como socia de otras sociedades de cualquier naturaleza, ya sea que actualmente existan o se constituyan a futuro; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios y pertinentes a los fines antes indicados, o tendientes al desarrollo del objeto social, sea en el país o en el extranjero. Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a doña PAOLA CAROLINA ERNST CASTRO y a don ZIAD BECHARA SARKIS, quienes actuando conjunta o individual e indistintamente, conforme a las facultades establecidas en la cláusula décimo cuarta de los estatutos sociales, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, lo que no es necesario acreditar frente a terceros, estarán investidas de todas las facultades de administración. Capital: El capital social asciende a la suma de tres millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, que se suscriben y se pagarán de la siguiente manera: Doña PAOLA CAROLINA ERNST CASTRO, con mil acciones, que se obliga a pagar dentro del plazo de doce meses a contar del presente documento. Total de acciones suscritas y no pagadas: 1.000 acciones. Duración: indefinida. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 09 de junio de 2020. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.