Instrumento
- Fecha
- 15 de junio de 2020
- Repertorio
- 8382-2020
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
La sociedad tiene por objeto (a) la creación, desarrollo, aplicación, implementación y comercialización de plataformas de compra y venta, sean físicas o digitales, de todo tipo de bienes muebles, nacionales o importados; (b) la creación, desarrollo, aplicación e implementación de plataformas de promoción y difusión, sean físicas o digitales, de todo tipo de emprendimientos, nacionales o extranjeros, comerciales o no comerciales; (c) la prestación de toda clase de servicios de diseño gráfico destinados a los objetos anteriormente indicados; (d) la inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, efectos públicos o de comercio, monedas nacionales o extranjeras, y derechos de cualquier naturaleza, pudiendo adquirirlos, arrendarlos, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos; (e) la participación en sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, comunidades, asociaciones, corporaciones, fundaciones, cooperativas, o cualquier otro tipo de asociación, pudiendo constituirlas o incorporarse a entidades ya constituidas, ejercer derechos en las mismas y participar en la administración; y (f) en general, la realización de cualquier clase de actos o contratos conducentes al
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número novecientos cuarenta y uno, local trescientos dos, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 15 de junio de 2020, ante mí Suplente don Juan Cristian Berrios Castro, bajo el Repertorio Nº 8382-2020, doña Antonia del Villar Domínguez, constituyó una sociedad por acciones y dictó el texto de su estatuto, del cual extracto lo siguiente: i) Nombre: Vloggie SpA; ii) Objeto: La sociedad tiene por objeto (a) la creación, desarrollo, aplicación, implementación y comercialización de plataformas de compra y venta, sean físicas o digitales, de todo tipo de bienes muebles, nacionales o importados; (b) la creación, desarrollo, aplicación e implementación de plataformas de promoción y difusión, sean físicas o digitales, de todo tipo de emprendimientos, nacionales o extranjeros, comerciales o no comerciales; (c) la prestación de toda clase de servicios de diseño gráfico destinados a los objetos anteriormente indicados; (d) la inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, efectos públicos o de comercio, monedas nacionales o extranjeras, y derechos de cualquier naturaleza, pudiendo adquirirlos, arrendarlos, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos; (e) la participación en sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, comunidades, asociaciones, corporaciones, fundaciones, cooperativas, o cualquier otro tipo de asociación, pudiendo constituirlas o incorporarse a entidades ya constituidas, ejercer derechos en las mismas y participar en la administración; y (f) en general, la realización de cualquier clase de actos o contratos conducentes al objeto social.; y iii) Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $500.000, dividido en 500 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de junio de 2020. Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario.