Sociedad Dr. Julio Rosales Lecaros y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2020
- Notario
- don Álvaro David González Salinas
- Oficio
- 42 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $7.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ LEONARDO BRUSI MUÑOZ, abogado, Notario suplente del titular, don Álvaro David González Salinas, abogado, Notario Público 42 Notaría de Santiago, Agustinas 1070, piso 2, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 4 junio de 2020, ante mí, Julio Antonio Rosales Lecaros y Ana María Lecaros Espinoza, ambos domiciliados en José Domingo Cañas 1233, oficina 71, Ñuñoa; modificaron “Sociedad Dr. Julio Rosales Lecaros y Compañía Limitada”, constituida por escritura pública 27 septiembre 2006, otorgada Notaría Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, cuyo extracto fue inscrito a fojas 40.914, Nº29.066 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2006, en el siguiente sentido: Uno/ Aumentar capital social de $7.000.000.- a la cantidad de $9.150.903.- El aumento de capital en $2.150.903.- es aportado y pagado, en acto escritura extractada, con el expreso consentimiento de la otra socia y de la sociedad, exclusivamente por Julio Antonio Rosales Lecaros, mediante el aporte en dominio, cesión y transferencia a la Sociedad de la totalidad de las acciones en la sociedad anónima cerrada “Inmobiliaria e Inversiones MEDS S.A.” de las que el primero es titular como empresario individual, que se singularizan en la escritura extractada y se avalúa de común acuerdo por los socios en la referida cantidad de $2.150.903.-; y, Dos/ Modificar cláusula Cuarta Pacto Social, referente al capital social, consignando que el mismo asciende a $9.150.903.-, que socios han aportado y pagado de la siguiente manera: a) Julio Antonio Rosales Lecaros, ha aportado la cantidad de $9.080.903.-, íntegramente pagados, a entera satisfacción de la otra socia y de la Sociedad; y, b) Ana María Lecaros Espinoza, ha aportado la cantidad de $70.000.-, íntegramente pagados, a entera satisfacción del otro socio y de la Sociedad. Responsabilidad socios queda limitada monto respectivos aportes. En todo lo no modificado se mantiene vigente el Pacto Social de Sociedad Dr. Julio Rosales Lecaros y Compañía Limitada. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 junio 2020.