SOCIEDAD COMERCIAL CREACIONES AUSTRALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de febrero de 2010
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Punta Arenas
- Duración
- 5 años a contar fecha constitución y se entenderá automática y sucesivamente renovada por períodos iguales, salvo que titular manifestare voluntad de terminarla con formalidades art. 15. Ley 19.857. Responsabilidad: Limitada monto de
- Ley aplicable
- Ley Nº19.857
Objeto social
a) la confección, compraventa, importación, exportación, arrendamiento, permuta, arreglo, transformación y otros trabajos de toda clase de joyería con metales preciosos, piedras finas y semi preciosas y fantasías; b) la importación, exportación, representación y comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios relacionados con marcas comerciales, c) confección y venta de artesanías, manualidades y regalos corporativos, d) asesorías y capacitaciones en temas de imagen corporativa, decoración, diseño; y e) cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con el objeto señalado, asís como cualquier otros fin que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHORACIO SILVA REYES, Notario de Magallanes y Antártica Chilena, con oficio en calle Lautaro Navarro N°1164, de esta ciudad, Certifico: Por escritura pública, hoy ante mí: GUILLERMO JAVIER SOTO AGUILERA, C.I. Nº12.717.095-9, divorciado, abogado, Vittorio Cuiccuini Nº630 y CLAUDIA ALEJANDRA ANDREA CABALLERO SOTO, C.I. Nº8.766.098-2, chilena, divorciada, periodista, Rómulo Correa Nº10, ambos esta ciudad; Modificaron y transformaron la Sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL CREACIONES AUSTRALES LIMITADA” O “TALLER DE MANUALIDADES Y ARTESANÍA “ARTESANA” LTDA.”, Rut 76.092.209-9, constituida por los comparecientes por escritura pública de 24 febrero de 2010, ante Notario Público de esta ciudad Rene Bobadilla López suplente del titular Horacio Silva Reyes, extracto inscrito a fs. 83, Nº79, Registro de Comercio de Magallanes año 2010, Modificación Pactada: Guillermo Javier Soto Aguilera se retira de sociedad vendiendo la totalidad de sus derechos sociales a la socia Claudia Alejandra Andrea Caballero Soto. Precio cesión $3.000.000, que se pagan en acto en dinero efectivo pagado por cesionaria, Esta última por reunir la totalidad de los derechos, procedió a transformar la sociedad en una empresa individual de responsabilidad limitada, según Ley Nº19.857, conforme siguientes estipulaciones: Razón Social: “ARTESANÍA CLAUDIA CABALLERO SOTO E.I.R.L.”, pudiendo actuar nombre de fantasía “ARTESANA E.I.R.L.”. Objeto: a) la confección, compraventa, importación, exportación, arrendamiento, permuta, arreglo, transformación y otros trabajos de toda clase de joyería con metales preciosos, piedras finas y semi preciosas y fantasías; b) la importación, exportación, representación y comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios relacionados con marcas comerciales, c) confección y venta de artesanías, manualidades y regalos corporativos, d) asesorías y capacitaciones en temas de imagen corporativa, decoración, diseño; y e) cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con el objeto señalado, asís como cualquier otros fin que acordaren los socios. Administración y uso de la razón social empresarial corresponde la titular Claudia Alejandra Andrea Caballero Soto, debiendo anteponer firma a razón social. Capital: $2.000.000, ya ingresados caja empresarial. Duración: 5 años a contar fecha constitución y se entenderá automática y sucesivamente renovada por períodos iguales, salvo que titular manifestare voluntad de terminarla con formalidades art. 15. Ley 19.857. Responsabilidad: Limitada monto de aporte. Domicilio: Punta Arenas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Punta Arenas, 19 de Mayo de 2020.