INGENIERÍA, DISEÑO, EJECUCIÓN Y ARQUITECTURA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2020
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- agrupación de las comunas de Temuco
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Administración
Sustituyen la cláusula Tercera referente a la administración de la sociedad por la siguiente: “TERCERO: Acápite I. La administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía de la sociedad corresponderá a don ANER MARTÍNEZ SOTO, a doña PAMELA ROXANA GÓMEZ ARAVENA, a don DAVID ESTEBAN GONZÁLEZ MONSÁLVEZ, a don JOSÉ IGNACIO FUENTES GUZMÁN y a doña YARELA FERNANDA SALDÍAS LAGOS, los que actuarán de forma individual, independiente e indistintamente cada uno de ellos, con las facultades y limitaciones expresas que constan en la escritura extractada, además de otras disposiciones relativas a la administración que constan en la escritura extractada.”. En lo no modificado permanece vigente el pacto social primitivo. Responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 12 de Junio de 2020, ante mí, doña MARCELA ANDREA ARAVENA DE LA FUENTE, domiciliada en Los Pablos #2151, comuna de Temuco, don ANER MARTÍNEZ SOTO, domiciliado en Maquehue KM 12, Parque Residencial Maquehue, comuna de Padre Las Casas, doña PAMELA ROXANA GÓMEZ ARAVENA, domiciliada en Los Criadores #1530, comuna de Temuco, don DAVID ESTEBAN GONZÁLEZ MONSÁLVEZ, domiciliado en Rume #1152, comuna de Temuco, don JOSÉ IGNACIO FUENTES GUZMÁN, domiciliado en Francisco Contreras #1415, comuna de Temuco y doña YARELA FERNANDA SALDÍAS LAGOS, domiciliada en Las Dalias #673, comuna de Lautaro; acordaron cesión de derechos y modificaron la sociedad “INGENIERÍA, DISEÑO, EJECUCIÓN Y ARQUITECTURA LIMITADA”, que tiene como nombre de fantasía “IDEA7 LTDA.”, constituida 20.07.2015 ante el Notario Público Titular de la agrupación de las comunas de Temuco, Melipeuco, Vilcún, Cunco, Freire y Padre Las Casas don Héctor Efraín Basualto Bustamante e inscrita fojas 1.254, Nº799 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Temuco del año 2015, publicada Diario Oficial Nº40.215 de fecha 24.07.2015, la que a la fecha no ha sido objeto de modificaciones. I. Cesión de derechos: a) Marcela Andrea Aravena De La Fuente vende, cede y transfiere a doña Pamela Roxana Gómez Aravena, quien compra, acepta y adquiere para sí el 20% de los derechos totales de la sociedad; b) Marcela Andrea Aravena De La Fuente vende, cede y transfiere a don David Esteban González Monsálvez, quien compra, acepta y adquiere para sí el 20% de los derechos totales de la sociedad; c) Aner Martínez Soto vende, cede y transfiere a don José Ignacio Fuentes Guzmán, quien compra, acepta y adquiere para sí el 20% de los derechos totales de la sociedad; y d) Aner Martínez Soto vende, cede y transfiere a doña Yarela Fernanda Saldías Lagos, quien compra, acepta y adquiere para sí el 20% de los derechos totales de la sociedad. Precios y demás condiciones constan en escritura extractada. II. Modificación capital social: Sustituyen la cláusula Cuarta referente al capital social por la siguiente: “CUARTO: El capital social es la suma de $1.000.000que los socios aportan y enteran al contado y en dinero en efectivo, en este acto, ingresando a la caja social, de la siguiente forma: don Aner Martínez Soto aporta y entera la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital social, aporte que lo entera al contado y en este acto lo ingresa a la caja social, doña Pamela Roxana Gómez Aravena aporta y entera la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital social, aporte que lo entera al contado y en este acto lo ingresa a la caja social, aporte que lo entera al contado y en este acto lo ingresa a la caja social, don David Esteban González Monsálvez aporta y entera la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital social, aporte que lo entera al contado y en este acto lo ingresa a la caja social, don José Ignacio Fuentes Guzmán aporta y entera la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital social, aporte que lo entera al contado y en este acto lo ingresa a la caja social y doña Yarela Fernanda Saldías Lagos aporta y entera la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital social, aporte que lo entera al contado y en este acto lo ingresa a la caja social.”. III. Modificación administración: Sustituyen la cláusula Tercera referente a la administración de la sociedad por la siguiente: “TERCERO: Acápite I. La administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía de la sociedad corresponderá a don ANER MARTÍNEZ SOTO, a doña PAMELA ROXANA GÓMEZ ARAVENA, a don DAVID ESTEBAN GONZÁLEZ MONSÁLVEZ, a don JOSÉ IGNACIO FUENTES GUZMÁN y a doña YARELA FERNANDA SALDÍAS LAGOS, los que actuarán de forma individual, independiente e indistintamente cada uno de ellos, con las facultades y limitaciones expresas que constan en la escritura extractada, además de otras disposiciones relativas a la administración que constan en la escritura extractada.”. En lo no modificado permanece vigente el pacto social primitivo. Responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones y acuerdos no extractables constan escritura extractada. Temuco, 18 de junio de 2020.