CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ECHEVERRÍA, IZQUIERDO AGENCIA DE NEGOCIOS SpA

CVE 1775379
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
12 de junio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de junio de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto el agenciamiento de negocios; gerenciamiento y administración de proyectos de construcción por cuenta ajena; asesoría en todas las materias relacionadas con la ingeniería y construcción. En el desempeño de su objeto social en su calidad de Agencia de Negocios, la Sociedad actuará como tal frente al público general, en los términos del artículo tres, número siete del Código de Comercio. La Sociedad, en calidad de Agencia de Negocios, tendrá la finalidad de facilitar a sus clientes una ejecución más eficiente de los negocios de éstos a través de una serie de prestaciones de diversa índole, tanto civiles como mercantiles, que forman un todo integral de servicios de agente de negocios, obligándose a prestar todos los servicios que sus clientes requieran y que estén directa o indirectamente relacionados con la gestión del negocio respectivo de cada cliente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Cristian Berrios Castro, Notario Suplente del Tiitular de la Octava Notaría de Santiago, Sr, Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos número 941, oficina 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 12 de junio de 2020, otorgada ante mí, Echeverría, Izquierdo Edificaciones S.A., constituyó una sociedad por acciones (la “Sociedad”) de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “ECHEVERRÍA, IZQUIERDO AGENCIA DE NEGOCIOS SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto el agenciamiento de negocios; gerenciamiento y administración de proyectos de construcción por cuenta ajena; asesoría en todas las materias relacionadas con la ingeniería y construcción. En el desempeño de su objeto social en su calidad de Agencia de Negocios, la Sociedad actuará como tal frente al público general, en los términos del artículo tres, número siete del Código de Comercio. La Sociedad, en calidad de Agencia de Negocios, tendrá la finalidad de facilitar a sus clientes una ejecución más eficiente de los negocios de éstos a través de una serie de prestaciones de diversa índole, tanto civiles como mercantiles, que forman un todo integral de servicios de agente de negocios, obligándose a prestar todos los servicios que sus clientes requieran y que estén directa o indirectamente relacionados con la gestión del negocio respectivo de cada cliente. Capital: $10.000.000 dividido en 10.000 acciones nominativas sin valor nominal, de una misma y única serie, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución de la Sociedad. Demás menciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Juan Cristian Berrios Castro. Notario Suplente. Santiago, 17 de junio de 2020.-