C&M TRANSPORTES Y SERVICIOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2020
- Notario
- NICOLAS FERNANDO ARRIETA CONCHA
- Oficio
- Sexta Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
Efectuar el transporte colectivo terrestre de pasajeros, personal y cargas en cualquier lugar del territorio nacional con cualquier tipo o clase de vehículo; Prestar servicios administrativos, operacionales y de recorrido, para vehículos de transporte terrestre de pasajeros o personal sean propios o a terceros; Explotar, administrar y arrendar vehículos propios o terceros, destinados al transporte colectivo terrestre de pasajeros, personal y cargas, Explotar toda clase de servicios de reparación y mantención de toda clase de vehículos, ya sea en establecimientos propios o de terceros; b) La importación y)o compra de vehículos de transporte de pasajeros, personal y carga; Comprar, vender, comerciales por cuenta propia o ajena e importar y)o exportar, toda clase de combustibles, lubricantes, repuestos, motores, neumáticos y accesorios para vehículos motorizados de transporte terrestre de pasajeros, personal y cargas; C) Actuar en su calidad de contratista o subcontratista y en general; d) La comercialización, compra y venta de todos tipos productos alimenticios perecible y no perecibles, abarrotes, conservas, fiambres, verdulería, helados, dulces, confites y bebidas fantasía, bebidas alcohólica; elaboración productos panadería, pastelería y comidas preparadas; compra y venta productos y artículos aseo y limpieza; e) compra y venta tarjetas telefónicas, productos de bazar, paquetería y regalos, toda clase de bienes y productos manufacturados, comercializar al por menor toda clase o tipo de artículos de perfumería, de tocador, de cosmética, artículos eléctricos y sus derivados; artículos de aseo y sus derivado, artículos fotográficos y sus derivados, artículos plásticos y sus derivados; artículos de juguetería y sus derivados; artículos de librería y de escritorio y sus derivados; menaje en general; productos electrónicos y de telefonía y sus accesorios, parte, piezas y derivados y de línea blanca; ropa de cama; ropa de vestir y de uso industrial y de seguridad; muebles e instalaciones del hogar, comerciales o industriales en generales; toda clase de productos envasados del rubro alimenticio, agropecuarios y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al detalle, como asimismo, la instalación y explotación de dicho rubro en almacenes, minimarket, y otros establecimientos similares, y cualquier otro g iro que se acuerde.- APROBACIÓN Y TERMINO: Su único accionista declara haber tomado conocimiento de los tres puntos tratados en tabla y que aprueban por unanimidad, facultando al portado de la presente acta, para protocolizar y)o reducir a escritura pública la presente acta, si correspondiera.- Se termina la Junta de Accionista, a la trece horas, para constancia firma. MARÍA INÉS PIÑA ZARATE”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNICOLAS FERNANDO ARRIETA CONCHA, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, Prat 470, Oficina 3, Antofagasta, Certifica: Por Acta de Fecha 17 de Junio del año 2020, la sociedad por acciones “C&M TRANSPORTES Y SERVICIOS SpA.”, Rol Único Tributario N°76.361.055-1, protocolizada al final de mis registros con el número 550-2020, de fecha 18 de Junio del año 2020, hoy, ante mí, por doña MARÍA INÉS PIÑA ZARATE, chilena, cédula nacional de identidad N°13.219.912-4, que señala: ACTA SEGUNDA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “C&M TRANSPORTES Y SERVICIOS SpA.”; Antofagasta, República de Chile a 17 de Junio del año 2020, se realiza Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad por Acciones “C&M TRANSPORTES Y SERVICIOS SpA.”, Rol Único Tributario N°76.361.055-1, capital $1.000.000.-, que se constituyó ante doña Liza Lorena Muñoz Miranda, Notario Público Suplente de la Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, doña María Soledad Lascar Merino, repertorio número seiscientos treinta y dos guión dos mil catorce, con fecha veintidós de Enero del año dos mil catorce, cuyo extracto se inscribió a fojas 254, bajo el N°181, del año 2014, del Registro de Comercio de Antofagasta; con la presencia de su única accionista, doña MARÍA INÉS PIÑA ZARATE, cédula nacional de identidad N°13.219.912-4, quien cuenta con 1000 acciones, que forman la totalidad de las acciones emitidas, nominativas, sin valor nominal. La compareciente deja expresa que se procediendo a modificar los Estatutos Sociales de “C&M TRANSPORTES Y SERVICIOS SpA.”, conforme a la siguiente tabla, Uno) Se modifica los Estatuto Social en las facultades del Gerente General, en la cual en la escritura de constitución de fecha veintiocho de Enero del año dos mil catorce, se señaló en los Estatutos Sociales en su TITULO TERCERO: que dice relación a la administración, de la sociedad, Artículo Décimo Primero, numeral cincuenta y siete) en lo pertinente, lo siguiente: “Se deja expresa constancia que se necesitará la firma conjunta de ambos administradores para: uno) Dar y aceptar fianzas, simples o solidarias; Dos) Avalar, pactar solidaridad, activa o pasiva; tres) Constituir a la sociedad en aval o codeudora solidaria; cuatro) Otorgar cualquier tipo de cauciones y garantías; cinco) Solicitar la apertura de cuentas corrientes, líneas de crédito; seis) Endeudar a la sociedad, de cualquier modo y ante cualquier tipo de organismo e institución; siete) Otorgar poderes o mandatos; ocho) Contratar, despedir y fijar las remuneraciones del personal, nueve) Firmar cierres de negocios; diez) Contratar asesorías externas; once) Poner término o renovar contratos con clientes; doce) Fijar las políticas de inversión de las utilidades sociales.-”. Por tanto, mediante la presente se viene en modificar dicho texto del Estatuto Social, antes señalado, el cual a contar de esta fecha queda como sigue: “Se deja expresa constancia que la administradora queda facultada especialmente para: uno) Dar y aceptar fianzas, simples o solidarias; Dos) Avalar, pactar solidaridad, activa o pasiva; tres) Constituir a la sociedad en aval o codeudora solidaria; cuatro) Otorgar cualquier tipo de cauciones y garantías; cinco) Solicitar la apertura de cuentas corrientes, líneas de crédito; seis) Endeudar a la sociedad, de cualquier modo y ante cualquier tipo de organismo e institución; siete) Otorgar poderes o mandatos; ocho) Contratar, despedir y fijar las remuneraciones del personal, nueve) Firmar cierres de negocios; diez) Contratar asesorías externas; once) Poner término o renovar contratos con clientes; doce) Fijar las políticas de inversión de las utilidades sociales.-”. Dos) Mediante la presente se ratifica a la constituyente y accionista doña MARÍA INÉS PIÑA ZARATE, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos diecinueve mil novecientos doce guión cuatro, en su calidad de Gerente General y representante legal de la sociedad “C&M TRANSPORTES Y SERVICIOS SpA, la cual contará con todas las facultades señaladas en los estatutos sociales, considerando las facultades que en el numeral uno de esta junta que modificó.-Tres) Se modifica el TITULO PRIMERO, Artículo Cuarto, que dice relación al OBJETO SOCIAL, el cual a contar de esta fecha queda como sigue: OBJETO: Efectuar el transporte colectivo terrestre de pasajeros, personal y cargas en cualquier lugar del territorio nacional con cualquier tipo o clase de vehículo; Prestar servicios administrativos, operacionales y de recorrido, para vehículos de transporte terrestre de pasajeros o personal sean propios o a terceros; Explotar, administrar y arrendar vehículos propios o terceros, destinados al transporte colectivo terrestre de pasajeros, personal y cargas, Explotar toda clase de servicios de reparación y mantención de toda clase de vehículos, ya sea en establecimientos propios o de terceros; b) La importación y/o compra de vehículos de transporte de pasajeros, personal y carga; Comprar, vender, comerciales por cuenta propia o ajena e importar y/o exportar, toda clase de combustibles, lubricantes, repuestos, motores, neumáticos y accesorios para vehículos motorizados de transporte terrestre de pasajeros, personal y cargas; C) Actuar en su calidad de contratista o subcontratista y en general; d) La comercialización, compra y venta de todos tipos productos alimenticios perecible y no perecibles, abarrotes, conservas, fiambres, verdulería, helados, dulces, confites y bebidas fantasía, bebidas alcohólica; elaboración productos panadería, pastelería y comidas preparadas; compra y venta productos y artículos aseo y limpieza; e) compra y venta tarjetas telefónicas, productos de bazar, paquetería y regalos, toda clase de bienes y productos manufacturados, comercializar al por menor toda clase o tipo de artículos de perfumería, de tocador, de cosmética, artículos eléctricos y sus derivados; artículos de aseo y sus derivado, artículos fotográficos y sus derivados, artículos plásticos y sus derivados; artículos de juguetería y sus derivados; artículos de librería y de escritorio y sus derivados; menaje en general; productos electrónicos y de telefonía y sus accesorios, parte, piezas y derivados y de línea blanca; ropa de cama; ropa de vestir y de uso industrial y de seguridad; muebles e instalaciones del hogar, comerciales o industriales en generales; toda clase de productos envasados del rubro alimenticio, agropecuarios y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al detalle, como asimismo, la instalación y explotación de dicho rubro en almacenes, minimarket, y otros establecimientos similares, y cualquier otro g iro que se acuerde.- APROBACIÓN Y TERMINO: Su único accionista declara haber tomado conocimiento de los tres puntos tratados en tabla y que aprueban por unanimidad, facultando al portado de la presente acta, para protocolizar y/o reducir a escritura pública la presente acta, si correspondiera.- Se termina la Junta de Accionista, a la trece horas, para constancia firma. MARÍA INÉS PIÑA ZARATE”. Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta, 18 de Junio del 2020.-