AGRÍCOLA LA FINCA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMON ANGEL CARRILLO ARAYA, Notario Suplente de la Titular de Talagante, doña María Eugenia Le-Bert Acheritogaray, con oficio en Bernardo O’Higgins Nº 1360 certifica: por escritura de hoy ante mí, EDUARDO FAUSTINO OLAVE RUBIO, C.I. Nº 7.015.332-7, por sí y en representación de EDUARDO ANTONIO OLAVE PAVONE, C.I. Nº 17.405.568-8; y JOSE IGNACIO OLAVE PAVONE, C.I. Nº 18.018.330-2, todos con domicilio en calle Balmaceda Nº 701, comuna de Isla de Maipo;: complementan el estatuto social de “AGRÍCOLA LA FINCA LIMITADA”, constituida por escritura pública de 17 de abril de 2019, otorgada ante Notario de Santiago doña María Soledad Lascar Merino, extracto se inscribió a fojas 92 Nº 49, Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Talagante, publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de Junio de 2019, agregando una última y nueva cláusula Decimo Primera al estatuto, del siguiente tenor: “DECIMO PRIMERO: En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad no terminará, continuando con la sucesión del socio fallecido, la cual deberá designar un mandatario común para que lo represente en la sociedad con idénticas facultades a las del socio fallecido. Tratándose del fallecimiento del socio administrador, esta designación deberá hacerse por escritura pública anotada al margen de la inscripción social”. Entiéndase esta nueva cláusula como parte integrante de los estatutos singularizados. En todo lo demás, rige íntegramente el estatuto social. Talagante, 20 de Mayo de 2020.