AGRICOLA, FORESTAL Y GANADERA CHN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2020
- Notario
- Raúl Undurraga Laso
- Oficio
- 29ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna de Pumanque, Sexta Región del Libertador Bernardo O´Higgins
- Duración
- La duración de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la escritura de constitución, la que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social
Objeto social
El objeto de la sociedad será: (a) la explotación, ya sea por cuenta propia o ajena, de predios agrícolas propios o de terceros; el desarrollo de actividades agrícolas y agroindustriales, incluyendo el cultivo, plantación, reproducción, cosecha y comercialización de semillas, plantas y cultivos en general; la compra, venta, arrendamiento y otras actividades relativas a la explotación de predios agrícolas; (b) la explotación y comercialización ya sea por cuenta propia o ajena, de bosques y predios forestales propios o de terceros y el desarrollo de actividades forestales en general; (c) la compra, venta, crianza, faena, reproducción y comercialización de ganado y el desarrollo de actividades ganaderas en general; y (d) la realización de cualesquiera actividades civiles o comerciales relacionadas con las ya expresadas, o aun enteramente diversas, que los socios acuerden
Administración
El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderán a dos socios actuando conjuntamente cualquiera de ellos, pudiendo ejercerla dicho socio directamente o a través de uno o más delegados designados para estos efectos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRaúl Undurraga Laso, Notario Público, titular de la 29ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac Iver número 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifica que mediante escritura pública de fecha 30 de abril de 2020, otorgada ante mí, don Juan Ignacio Eyzaguirre Baraona, domiciliado en Kuala Lumpur, Reino de Malasia; doña Alejandra Pilar Eyzaguirre Baraona, domiciliada en Camino El Huinganal 3.561, departamento 31, comuna de Lo Barnechea; don Rodrigo de Alencar Baraona, domiciliado en Avenida Bernardo Larrain Cotapos 12.654, comuna de Lo Barnechea; e Inversiones y Asesorías Domey Limitada, domiciliada en Fundo El Delirio S/N, comuna de Rengo, Sexta Región, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “AGRICOLA, FORESTAL Y GANADERA CHN LIMITADA” la que podrá usar para fines comerciales el nombre “CHN Limitada”. Objeto: El objeto de la sociedad será: (a) la explotación, ya sea por cuenta propia o ajena, de predios agrícolas propios o de terceros; el desarrollo de actividades agrícolas y agroindustriales, incluyendo el cultivo, plantación, reproducción, cosecha y comercialización de semillas, plantas y cultivos en general; la compra, venta, arrendamiento y otras actividades relativas a la explotación de predios agrícolas; (b) la explotación y comercialización ya sea por cuenta propia o ajena, de bosques y predios forestales propios o de terceros y el desarrollo de actividades forestales en general; (c) la compra, venta, crianza, faena, reproducción y comercialización de ganado y el desarrollo de actividades ganaderas en general; y (d) la realización de cualesquiera actividades civiles o comerciales relacionadas con las ya expresadas, o aun enteramente diversas, que los socios acuerden. Administración y uso de la razón social: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderán a dos socios actuando conjuntamente cualquiera de ellos, pudiendo ejercerla dicho socio directamente o a través de uno o más delegados designados para estos efectos. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000 que los socios han suscrito y pagado en dinero, por partes iguales, en el acto de la constitución. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la escritura de constitución, la que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Pumanque, Sexta Región del Libertador Bernardo O´Higgins, sin perjuicio que los socios acuerden establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se faculto al portador de un extracto de la escritura extractada para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones y demás anotaciones a que haya lugar en el Registro de Comercio respectivo, y las publicaciones de rigor. Santiago 15 de junio de 2020. Raúl Undurraga Laso, Notario Público Titular.