MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES CIFRAS Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76446715-9 CVE 1773772
Capital
$300.000 CLP
Fecha instrumento
8 de mayo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$300.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES CIFRAS Y COMPAÑÍA LIMITADA socio 76446715-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certificó: que por escritura pública otorgada ante él titular con fecha 8 de mayo de 2020, doña PAULA ELIZABETH CIFRAS VIGNOLO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, médico cirujano, cédula de identidad número 14.479.833-3, con domicilio en Camino El Alarife número trece mil trescientos sesenta y tres, Comuna de Lo Barnechea; doña MARTA JOSEFINA VIGNOLO CASTRO, chilena, casada, administrativa, cédula de identidad número 5.609.405-9, con domicilio en Pasaje Dussallant número quinientos cuatro, Comuna de Molina y de paso en ésta; modificaron, en su calidad de únicos socios a la sazón, la sociedad de responsabilidad limitada SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES CIFRAS Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 76.446.715-9, cuyo capital social asciende a la suma de $300.000 mil pesos, constituida por escritura pública de fecha diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, otorgada en la notaría de Santiago de doña MARÍA MERCEDES BARRIENTOS VALENZUELA. Dicha sociedad fue inscrita a fojas sesenta y un mil setecientos sesenta y tres, número treinta y tres mil cuatrocientos veintinueve, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil dieciséis y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintisiete de agosto de dos mil dieciséis. La modificación vino a (1) modificar el objeto de la Sociedad y (2) la distribución anual de utilidades. Para dar cuenta del nuevo objeto social, se acordó modificar el artículo TERCERO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.”. Para dar cuenta de la nueva distribución de utilidades, se acordó modificar el artículo SEXTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes; o en las proporciones que ellos mismos determinen, únicamente en caso de que los socios acuerden que existen legítimas razones comerciales, económicas, financieras, patrimoniales o administrativas para que la distribución anual de utilidades se realice en forma desproporcionada a su participación en el capital de la empresa.”. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago 2 de junio de 2020.