MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES ARAYA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76873886-6 CVE 1773770
Capital
$700.000 CLP
Fecha instrumento
29 de abril de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de abril de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$700.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES ARAYA Y COMPAÑÍA LIMITADA socio 76873886-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago,certificó: que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 29 de abril de 2020, doña FRANCISCA LORETTO ARAYA CAMPOS, chilena, soltera, médico cirujano, cédula de identidad número 13.882.026-2, con domicilio en Camino Lonquén Paradero veintitrés y medio, Condominio San Alfonso, Parcela treinta y tres, Comuna de Calera de Tango, de paso en esta ciudad de Santiago; don MARCO ANTONIO ARAYA GONZÁLEZ, chileno, casado, pensionado, cédula de identidad número 7.439.363-2, con domicilio en Mar Tirreno cuatro mil trescientos catorce, comuna de Peñalolén; don MARCO ANTONIO ARAYA CAMPOS, chileno, casado, ingeniero de ejecución, cédula de identidad número 15.959.240-5, con domicilio en Mar Báltico cinco mil trescientos treinta y siete, comuna de Peñalolén; modificaron, en su calidad de únicos socios a la sazón, la sociedad de responsabilidad limitada SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES ARAYA Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 76.873.886-6, cuyo capital social asciende a la suma de $700.000 pesos, constituida por escritura pública de fecha cuatro de octubre de dos mil diecisiete, otorgada en la notaría de Santiago de don GINO BENEVENTI ALFARO. Dicha sociedad fue inscrita a fojas setenta y cinco mil novecientos seis, número cuarenta mil novecientos uno, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil diecisiete y se publicó en el Diario Oficial de fecha siete de octubre de dos mil diecisiete. La modificación vino a (1) modificar el objeto de la Sociedad y (2) la distribución anual de utilidades. Para dar cuenta del nuevo objeto social, se acordó modificar el artículo TERCERO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.”. Para dar cuenta de la nueva distribución de utilidades, se acordó modificar el artículo SEXTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes; o en las proporciones que ellos mismos determinen, únicamente en caso de que los socios acuerden que existen legítimas razones comerciales, económicas, financieras, patrimoniales o administrativas para que la distribución anual de utilidades se realice en forma desproporcionada a su participación en el capital de la empresa.”. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago 1 de junio de 2020.