RENTAS INDEPENDENCIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de junio de 2020
- Repertorio
- 1405-2020
- Notario
- GABRIEL MARCELO GUERRERO GONZÁLEZ
- Oficio
- 7º Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $800.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGABRIEL MARCELO GUERRERO GONZÁLEZ, abogado, Notario Público Titular de la 7º Notaría de Talca, calle 30 Oriente Nº 1522, Local A, Talca, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 8 de junio de 2020, ante mí, Repertorio Nº 1405-2020, doña ENA MARIA CESPEDES MARTINEZ, y doña MARIA JAVIERA VILLALOBOS URRUTIA, ambas con domicilio en Avenida Circunvalación, calle 30 Oriente Nº 1528, Oficina 904, Edificio Centro Las Rastras, de la ciudad y comuna de Talca, en su calidad de únicas y actuales accionistas, modifican sociedad "RENTAS INDEPENDENCIA SpA”, constituida por escritura pública otorgada ante el Notario Público de Talca don Gabriel Guerrero González, con fecha 7 de agosto de 2019, Repertorio N° 154-2019, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca con fecha 26 de agosto de 2019 a fojas 1.535 número 590, del año 2019 y se publicó en el Diario Oficial del día 22 de agosto de 2019. Las modificación consiste en que se aumenta el capital social actual de $800.000.000, dividido en 40 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, sin valor nominal, a la suma de $5.000.000.000, dividido en las mismas 40 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, sin valor nominal.- Este aumento de capital que asciende a la suma de $4.200.000.000, será pagado por las accionistas en partes iguales, es decir, la suma de $2.100.000.000, cada una de ellas, a más tardar el día 30 de junio de 2020, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio de otros bienes, inmuebles o muebles o valores o efectos de comercio, o créditos.- En mérito a lo expuesto, se sustituyen los textos de los actuales artículos quinto y primero transitorio de los estatutos por los siguientes: 1) “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de cinco mil millones de pesos, dividido en cuarenta acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la forma que se señala en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio de bienes inmuebles o muebles o valores o efectos de comercio, o créditos. - No se imprimirán láminas físicas de los títulos acciones y su transferencia se ajustará a lo prevenido en el artículo 446 del Código de Comercio y demás normas que le sean aplicables”.- 2) “ARTICULO TRANSITORIO: El capital social de cinco mil millones de pesos, a que se refiere el artículo quinto del estatuto social, dividido en cuarenta acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe, entera y paga por los accionistas, de la siguiente forma: a) Doña Ena María Céspedes Martínez, suscribe veinte acciones, por las que paga la suma de dos mil quinientos millones de pesos, que entera y paga de la siguiente manera: a.1) con la suma de cuatrocientos millones de pesos, ya enterado en la caja social; y a.2) con la suma de dos mil cien millones de pesos, que pagará a más tardar el día treinta de junio de dos mil veinte, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio de otros bienes, inmuebles o muebles o valores o efectos de comercio, o créditos.- b) Doña María Javiera Villalobos Urrutia, suscribe veinte acciones, por las que paga la suma de dos mil quinientos millones de pesos, que entera y paga de la siguiente manera: b.1) con la suma de cuatrocientos millones de pesos, ya enterado en la caja social; y b.2) con la suma de dos mil cien millones de pesos, que pagará a más tardar el día treinta de junio de dos mil veinte, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio de otros bienes, inmuebles o muebles o valores o efectos de comercio, o créditos.-” En todo lo que no se ha modificado quedan plenamente vigentes los actuales estatutos. La sociedad opera con el Rol Único Tributario N° 77.060.976-3. Demás estipulaciones escritura extractada.- Talca, 8 de junio de 2020.-