RENTA MAQUINARIAS SANTA ELVIRA SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2020
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La administración, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad corresponderá a un Gerente General, la representará de la manera indicada en los artículos transitorios de estos estatutos, la representará judicialmente y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y de disposición que la Ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlas ante terceros, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias. Lo anterior no obsta a que la Junta de Accionistas o el o los Gerentes puedan delegar parte de sus facultades en otros terceros, accionistas o abogados de la Sociedad, o en otras personas para objetos precisos y determinados. A su vez modifica la siguiente cláusula del capital; y ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es de cinco millones de pesos, dividido en mil acciones sin valor nominal; que el accionista SANTA ELVIRA S.A., representada legalmente por don FULVIO ESTEBAN OSSA DAGNINO suscribe en éste acto mil acciones que paga al contado en éste acto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público titular de la 10ª Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas 1235, local 2, 1° y 2° piso. CERTIFICO: Que por escritura pública de 09/06/2020, ante mí: INMOBILIARIA SANTA ELVIRA S.A. RUT:96.988.840-8, debidamente representada por don FULVIO ESTEBAN OSSA DAGNINO, chileno, casado, psicólogo, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos cuarenta y un mil trescientos setenta y ocho guión K, ambos domiciliado para estos efectos, en calle agustinas mil trescientos cincuenta y siete piso sexto comuna de Santiago, Región Metropolitana, modifico sociedad por acciones denominada “RENTA MAQUINARIAS SANTA ELVIRA SpA.”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones ciento veintiocho mil ciento ochenta y dos guión seis, según registro de accionista tenido a la vista por Notario autorizante, cuyo extracto de constitución se inscribió a Fojas once, número once, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Buin correspondiente al año dos mil veinte, dicho extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha veintinueve de enero de dos mil veinte, número de publicación cuarenta y dos mil quinientos sesenta y cinco, modificación consiste en: Administración: La administración, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad corresponderá a un Gerente General, la representará de la manera indicada en los artículos transitorios de estos estatutos, la representará judicialmente y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y de disposición que la Ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlas ante terceros, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias. Lo anterior no obsta a que la Junta de Accionistas o el o los Gerentes puedan delegar parte de sus facultades en otros terceros, accionistas o abogados de la Sociedad, o en otras personas para objetos precisos y determinados. A su vez modifica la siguiente cláusula del capital; y ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es de cinco millones de pesos, dividido en mil acciones sin valor nominal; que el accionista SANTA ELVIRA S.A., representada legalmente por don FULVIO ESTEBAN OSSA DAGNINO suscribe en éste acto mil acciones que paga al contado en éste acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de junio de 2020.